P-1B Miembro de un Grupo de Entretenimiento Reconocido Internacionalmente
La clasificación P-1B aplica si la persona viene a EE.UU. temporalmente para presentarse como parte de un grupo artístico que ha estado establecido durante por lo menos un año y ha sido reconocido internacionalmente como sobresaliente en su área durante un período prolongado y sustancial.
Para más información, vea el Volumen 2, Parte N del Manual de Políticas de USCIS.
Criterios de Elegibilidad
Al menos el 75 por ciento de los miembros del grupo artístico deben haber tenido una relación sustancial y continua con el grupo durante al menos un año.
El grupo artístico debe estar reconocido internacionalmente y haber alcanzado un alto nivel de logros en su campo, evidenciado por un grado de pericia y reconocimiento sustancial por encima del promedio.
Nota: Aquellos artistas individuales que no se presentan como parte de un grupo artístico no son elegibles para esta clasificación de visa.
Cláusulas Especiales para Ciertos Grupos Artísticos
Los no ciudadanos que son artistas de circos, así como el personal esencial de circos, están exentos del requisito de un año de relación con el grupo, así como del requisito de reconocimiento internacional. El(los) no ciudadano(s) deben estar viniendo a Estados Unidos para unirse a un circo nacionalmente reconocido.
En circunstancias especiales, ciertos grupos artísticos de reconocimiento nacional pudieran estar exentos del requisito de reconocimiento internacional si pueden demostrar que han sido reconocidos nacionalmente como sobresalientes en su disciplina por un período continuo.
Proceso de Solicitud del Formulario I-129
Su empleador en EE.UU., organización estadounidense patrocinadora, agente estadounidense, o empleador no ciudadano a través de un agente estadounidense, debe presentar:
- Un Formulario I-129, Petición para Trabajador No-Inmigrante junto al pago de la tarifa correspondiente y los documentos de evidencia. Tenga en cuenta que si el peticionario presentará una solicitud como agente para múltiples empleadores, debe demostrar que está debidamente autorizado para actuar como agente para todos sus empleadores. Puede encontrar las condiciones requeridas en el memorándum "Requisitos para los agentes y los patrocinadores que presentan como solicitantes de las clasificaciones de visas O y P (PDF, 790.07 KB)” (en inglés).
- Una consulta de una organización laboral apropiada con respecto a la naturaleza del trabajo a realizarse o una declaración jurada que demuestre que el grupo fue creado y realiza presentaciones regularmente por un período de por lo menos un año. (Si no existe organización laboral apropiada, entonces no se tendrá que cumplir con este requisito).
Evidencia que debe Presentar
El Formulario I-129 debe incluir los siguientes documentos:
- Una consulta escrita de parte de una organización laboral apropiada
- Itinerario con las fechas y lugares de las presentaciones
- Copia del contrato entre el peticionario y el beneficiario o un resumen de los términos del contrato verbal bajo el cual se empleará al beneficiario
- Evidencia de que el grupo ha estado presentándose regularmente durante al menos por un año
- Declaración escrita del peticionario en la que enumera todos los artistas miembros del grupo y las fechas en que cada uno de ellos ha estado contratado de forma regular con el grupo
- Evidencia de que el grupo ha sido reconocido internacionalmente como sobresaliente dentro de su disciplina durante un período continuo y sustancial, lo cual debe comprobarse con evidencia de que el grupo ha recibido o ha sido nominado para premios o galardones internacionales significativos, o evidencia de al menos tres de los siguientes:
- El grupo se ha presentado o se presentará como protagonista o grupo principal en una producción o evento de distinguida reputación, lo que debe ser evidenciado por críticas, anuncios, comunicados de prensa, publicaciones, contratos o endosos publicitarios
- El grupo ha recibido reconocimiento y aclamación internacional por logros sobresalientes en su campo, como lo demuestran las críticas en los principales periódicos, publicaciones especializadas, revistas u otro material publicado
- El grupo ha actuado y realizará servicios como grupo principal o primordial para organizaciones y establecimientos que tengan una reputación distinguida como lo demuestran los artículos en periódicos, publicaciones especializadas, publicaciones o testimonios.
- El grupo tiene un récord de grandes éxitos comerciales y de ser objeto de aclamo por parte de la crítica, lo que debe ser evidenciado por indicadores tales como índices de audiencia, ingresos en taquillas, ventas de discos, casete o vídeo y otros logros reportados en revistas profesionales, periódicos de circulación general u otras publicaciones
- El grupo ha recibido reconocimiento significativo por sus logros por parte de las críticas, organizaciones, agencias de gobierno u otros reconocidos expertos de su campo
- El grupo requiere o requerirá un pago o salario alto u otra remuneración sustancial por sus servicios, lo que es comparable a otros grupos similares dentro del campo, lo que debe ser evidenciado por contratos u otra documentación de prueba confiable.
Después que USCIS Aprueba el Formulario I-129
Una vez que la petición de visa sea aprobada, usted podrá presentar su solicitud de visa en una embajada o consulado estadounidense. Para más información sobre el trámite de solicitud de visa y sus tarifas correspondientes, vea el enlace “Departamento de Estado, travel.state.gov”.
Periodo de Estadía Inicial | Extensión de Estadía |
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Tiempo necesario para completar el evento, competencia o presentación. No debe exceder de un año. |
Incrementos de hasta un año para continuar o completar el evento, competencia o presentación. |
El Formulario I-129 se utiliza para solicitar un cambio de estatus, extensión de estadía o cambio de empleo.
Para más información vea el enlace “Solicitud de Extensión o Cambio de Estatus de No Inmigrante”
Cambio de Empleador
Usted puede cambiar de empleadores, pero sólo luego de que su nuevo empleador haya presentado ante USCIS un nuevo Formulario I-129 solicitando permiso para emplearle y extender su estadía. Usted no deberá comenzar en el empleo con el nuevo empleador hasta tanto se apruebe el Formulario I-129.
Familiares de un No Inmigrante P-1B
Los cónyuge e hijos solteros menores de 21 años de edad pueden obtener un estatus P-4. Estos dependientes no podrán trabajar, pero pueden asistir a una escuela o universidad.
Personal Esencial de Apoyo
El personal esencial de apoyo que es parte integral de la presentación del (de los) artista(s) P-1 y cuyos servicios no pueden ser realizados por un trabajador estadounidense, son elegibles a la clasificación P-1. El personal de apoyo puede incluir personal de oficinas directivas, operadores de cámaras, técnicos de luces y personal destacado en tarima.
El peticionario deberá presentar por separado un Formulario I-129 para el personal de apoyo. La petición debe incluir los siguientes documentos:
- Consulta de una organización laboral apropiada;
- Una declaración en la que se describan las habilidades esenciales anteriores y actuales, destrezas fundamentales y la experiencia de la persona de apoyo con el artista P-1; y
- Copia del contrato escrito entre el empleador y el personal de apoyo o un resumen de los términos del acuerdo verbal bajo el cual dicho personal estará empleado
Otros Enlaces Útiles
- Volumen 2, Parte N del Manual de Políticas de USCIS
- Índice de Direcciones para Cartas de Consulta para el Formulario I-129 de Visas O y P
- Requisitos para Gentes y Patrocinadores que Presentan como Peticionarios para las Clasificaciones de Visas O y P (PDF, 790.07 KB)
- Extender mi Estadía
- Cambiar mi Estatus de No Inmigrante
- Procesamiento Prioritario
- Título 8, Código de Regulaciones Federales