Documentos de Viaje
Si desea regresar a Estados Unidos legalmente después de viajar fuera de Estados Unidos, usted debe tener un:
Documento de entrada válido, como una Tarjeta de Residente Permanente (Tarjeta Verde) o una visa de no inmigrante; o
Documento de viaje válido y vigente.
El tipo de documento que necesita varía dependiendo de su estatus de inmigración (incluido el estatus de residente permanente legal) o si tiene una solicitud de beneficio de inmigración pendiente. Por lo general, deberá solicitar y obtener un documento de viaje antes de salir de Estados Unidos. Antes de planificar un viaje, considere los tiempos de procesamiento de USCIS. Si tiene una necesidad urgente de viajar fuera de Estados Unidos, consulte nuestras páginas para solicitar el Procesamiento Expedito y Viaje de Emergencia para obtener información adicional.
Presente el Formulario I-131, Solicitud de Documentos de Viaje, Documentos de Permisos de Permanencia Temporal, Registros de Entrada/Salida, para solicitar documentos de viaje, que incluyen:
Documento de permiso adelantado para no ciudadanos en Estados Unidos que deseen regresar después de un viaje temporal al extranjero (incluido el permiso anticipado para viajar para residentes a largo plazo de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI).
Documento de viaje de refugiado;
Permiso de reingreso;
Autorización de viaje bajo Estatus de Protección Temporal.
Si ya se encuentra fuera de Estados Unidos y necesita regresar, pero no tiene su permiso de reingreso o Tarjeta Verde porque se perdió, fue robada o destruida, consulte el Formulario I-131A, Solicitud de Documento de Viaje (Documento para Transporte).
ADVERTENCIA
Viajar fuera de Estados Unidos puede tener graves consecuencias relacionadas con la inmigración.
La admisión o el permiso de ingreso en Estados Unidos no está garantizado incluso si tiene los documentos apropiados. Aún está sujeto a una inspección o examen de inmigración en un puerto de entrada para determinar si puede ser admitido o tener permiso condicional en el país y si es elegible para el estatus de inmigración que busca.
A continuación, se resumen precauciones adicionales para personas en determinadas circunstancias.
Si usted es un no inmigrante
Si ha sido admitido como no inmigrante y ha presentado el Formulario I-539, Solicitud de Extensión o Cambio de Estatus de No Inmigrante, para cambiar a un estatus de no inmigrante diferente, generalmente consideraremos abandonado su Formulario I-539 si abandona Estados Unidos antes de que tomar una decisión sobre su solicitud, aunque existen algunas excepciones. Tener un documento de permiso anticipado no impide el abandono de la solicitud de cambio de estatus. Cuando regrese a Estados Unidos, es probable que le nieguen la admisión si su estatus actual ha expirado.
Si tiene una solicitud de Tarjeta Verde de residente permanente pendiente
En general, si solicita un ajuste de estatus (una tarjeta de residente, conocida como Tarjeta Verde o Green Card) y sale de Estados Unidos sin la documentación de viaje adecuada (por ejemplo, un documento de permiso anticipado), es posible que no se le permita volver a ingresar a Estados Unidos cuando regrese. Incluso si se le permite volver a ingresar, es posible que se determine que ha abandonado su solicitud pendiente de ajuste de estatus.
Si tiene presencia ilegal o una orden de remoción
Si ha acumulado presencia ilegal mientras estuvo en Estados Unidos o tiene una orden de remoción, es posible que se le considere inadmisible si solicita la admisión después de salir de Estados Unidos, incluso si tiene un documento de viaje. Seguimos la decisión de la Junta de Apelaciones de Inmigración en el asunto Arrabally y Yerrabelly, que sostuvo que viajar con permiso anticipado no constituye una “salida” a los efectos de activar la prohibición de presencia ilegal de 10 años según la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) § 212. (a)(9)(B)(i)(II) para solicitantes de ajuste de estatus. También aplicamos este análisis a INA § 212(a)(9)(B)(i)(I) y a personas con TPS que viajan con autorización de viaje de TPS. Para obtener más información, consulte la Sección 212(a)(9) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) y la página Presencia ilegal e inadmisibilidad.
Un permiso adelantado le permite viajar de regreso a Estados Unidos sin tener que solicitar una visa. Una compañía de transporte (aerolíneas) podría aceptar un documento de permiso adelantado en lugar de una visa como prueba de que usted está autorizado a viajar a Estados Unidos. Un documento de permiso adelantado no remplaza a su pasaporte.
Por favor, tenga en cuenta que tener un documento de permiso adelantado no garantiza que se le permitirá el reingreso a Estados Unidos. En el aeropuerto o la frontera, el oficial del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP,) tomará la decisión final sobre si le permitirá reingresar a Estados Unidos.
El permiso adelantado se utiliza más comúnmente cuando alguien tiene en trámite un:
- Formulario I-485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar Estatus: Si mientras su Formulario I-485 está en trámite usted sale de Estados Unidos sin primero obtener el permiso adelantado, USCIS denegará su caso a menos que usted cualifique en una limitada excepción para personas que tiene ciertos estatus de no inmigrante.
- Formulario I-589, Solicitud de Asilo y para Suspensión de Remoción: Si usted es un solicitante de asilo y tiene el interés de viajar fuera de Estados Unidos y regresar, debe solicitar y recibir un permiso adelantado. Si usted sale de Estados Unidos sin primero obtener el permiso adelantado, entenderemos que usted ha abandonado su solicitud de asilo.
Para información acerca de cómo solicitar permiso adelantado, vaya a nuestra página del Formulario I-131, Solicitud de Documentos de Viaje, Documentos de Permisos de Permanencia Temporal, Registros de Entrada/Salida.
USCIS emite documentos de viaje de refugiado a personas que tienen estatus de refugiado o asilado, y a residentes permanentes que obtuvieron su Tarjeta Verde a a base de su estatus de refugiado o asilado.
Usted debe de tener un documento de viaje de refugiado para regresar a Estados Unidos si:
- Tiene estatus de refugiado o asilado, pero no es un residente permanente legal (posee una Tarjeta Verde, Green Card), o
- Tiene el estatus de asilado o refugiado derivado.
Si usted no obtiene un documento de viaje de refugiado antes de salir de EE.UU., es posible que no pueda reingresar a Estados Unidos, o que lo coloquen en un proceso de remoción ante un juez de inmigración.
Para más información sobre cómo solicitar un documento de viaje de refugiado vea nuestra página Formulario I-131, Solicitud de Documentos de Viaje, Documentos de Permisos de Permanencia Temporal, Registros de Entrada/Salida.
Los residentes permanentes o condicionales deben solicitar un permiso de reingreso si desean salir de Estados unidos por un año o más. Mientras el permiso de reingreso sea válido, se le permitirá solicitar admisión a Estados Unidos sin tener que obtener previamente una visa de reingreso a través de la embajada o el consulado de EE.UU. Vea la página del Formulario I-131, Solicitud de Documentos de Viaje, Documentos de Permisos de Permanencia Temporal, Registros de Entrada/Salida, para obtener información sobre cómo solicitar este permiso.
La autorización de viaje para beneficiarios del Estatus de Protección Temporal (TPS) le permite viajar de regreso a Estados Unidos y, si usted es elegible, ser inspeccionado y admitido en TPS. Una compañía de transporte (como una aerolínea) puede aceptar un documento de autorización de viaje de TPS como prueba de que usted está autorizado a viajar a Estados Unidos. Un documento de autorización de viaje de TPS no reemplaza su pasaporte.
Por favor, tenga en cuenta que tener un documento de autorización de viaje de TPS no garantiza que a usted se le permita reingresar a Estados Unidos. En el aeropuerto o frontera, un oficial del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) tomará la decisión final sobre si dejarlo reingresar a Estados Unidos.
Si aún estamos en el proceso de adjudicar su solicitud de TPS y usted desea viajar fuera de Estados Unidos, puede solicitar permiso adelantado.
Para más información sobre cómo solicitar autorización de viaje de TPS, consulte la página del Formulario I-131, Solicitud de Documentos de Viaje, Documentos de Permisos de Permanencia Temporal, Registros de Entrada/Salida.
Si actualmente está en Estados Unidos, tiene disponible inmediatamente una visa de inmigrante en las categorías de EB-1, EB-2, y EB-3, y cumple con ciertos otros Los documentos para transporte permiten a las líneas aéreas u otros medios de transporte abordar a residentes permanentes que han estado fuera de Estados Unidos temporalmente y cuyas Tarjetas Verde o Permisos de Reingreso fueron robadas, extraviadas o destruidas. Si usted es residente permanente en esa situación, puede que presentar el Formulario I-131A. Para más información, vea el Formulario I-131A, Solicitud de Documento de Viaje (Documento de Transporte).