El Acuerdo Judicial ABT
El Acuerdo judicial en B.H. et. al. v. el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos, et.al., No. CV-2108-RAJ (W.D.Wash), también conocido como el Acuerdo Judicial ABT, según revisado, (o el “Acuerdo”) resultó en cambios a los procesos y procedimientos del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) y la Oficina Ejecutiva de para Revisión de Casos de Inmigración (EOIR, por sus siglas en inglés) que afectan cómo la División de Asilo de USCIS adjudica el Formulario I-589, Solicitud de Asilo y Exención de Remoción y cómo el Directorado de Operaciones de los Centros de Servicios de USCIS adjudica el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo. Estos cambios generalmente están relacionados con la elegibilidad para un Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés) de los solicitantes de asilo, y con el cálculo del Conteo de 180 días para el EAD de Solicitantes de Asilo. El acuerdo afecta aquellas personas que son miembros de la clase ABT.
Conteo de 180 días para el Documento de Autorización de Empleo de Solicitantes de Asilo
El Conteo de 180 días para el EAD de Solicitantes de Asilo mide el período en el que una solicitud de asilo ha estado en trámite con la Oficina de Asilo de USCIS y/o EOIR. Los Centros de Servicio de USCIS adjudican el Formulario I-765 y utilizan el Conteo de 180 días para el EAD de Solicitantes de Asilo para determinar la elegibilidad de autorización de empleo. Los solicitantes de asilo que hayan solicitado en o después del 4 de enero de 1995 deben esperar 150 días antes de que puedan presentar el Formulario I-765, si su solicitud aún está pendiente. Un solicitante de asilo no es elegible para recibir un EAD hasta tanto su solicitud de asilo haya estado en trámite por al menos 180 días. Este período de 180 días, que comúnmente se denomina Conteo de 180 días para el EAD de Solicitantes de Asilo no incluye ninguna demora que el solicitante pida o cause mientras su solicitud está en trámite en una oficina de asilo o una Corte de Inmigración.
Algunos ejemplos de retrasos causados por un solicitante de asilo incluye pero no se limita a:
- No comparecer a la toma de huellas digitales
- No comparecer a una entrevista con un oficial de asilo
- No comparecer para una entrevista con un Juez de Inmigración, y
- Otros tipos de retrasos.