H-1C Enfermera titulada que trabaja en un área donde hay escasez de profesionales de la salud, según lo determine el Departamento de Trabajo
Esta clasificación de visa caducó el 20 de diciembre de 2009.
La clasificación H-1C de trabajador temporal no-inmigrante es para enfermeras extranjeras que vienen a los Estados Unidos temporalmente para desempeñar servicios en calidad de enfermera titulada en un área donde hay escasez de profesionales de salud, según lo determine el Departamento de Trabajo (DOL por su sigla en inglés).
La clasificación H-1C de no-inmigrante fue introducida en 1999 específicamente para atender a la escasez de enfermeras en los Estados Unidos. Solicitar una clasificación H-1C es un proceso con pasos múltiples que requiere coordinación entre DOL y USCIS. Antes de presentar una petición con USCIS para una visa H-1C, el DOL debe proveer una certificación a los hospitales que peticionan, para constatar que satisfacen los criterios que exigen los reglamentos. Entre otros criterios, se exige que los hospitales estén ubicados en un “área donde hay escasez de profesionales de salud”.
Criterios de elegibilidad
Para calificar para una visa H-1C usted debe:
- Tener una licencia de enfermería completa y sin restricciones en el país donde se obtuvo su educación en enfermería, o haber recibido su educación en enfermería y licencia en los Estados Unidos.
- Estar autorizada por la Junta Estatal de Enfermería (U.S. State Board of Nursing) en los EE.UU. que corresponda para prestar servicios en ese estado.
- Haber calificado en el examen de la Comisión de Graduados de Escuelas de Enfermería en el Extranjero (CGFNS por su sigla en inglés) o
- Tener una licencia completa y sin restricciones para practicar como enfermera en el estado donde usted trabajará, o tener una licencia de enfermería completa y sin restricciones en cualquier estado y haber recibido autorización temporal para practicar como enfermera titulada en el estado donde usted trabajará. Para más información, por favor vea el enlace para la Comisión sobre Graduados de Escuelas de Enfermería en el Extranjero (CGFNS).
- Estar calificada y ser elegible bajo las leyes estatales en el estado donde se propone trabajar, para prestar servicios de enfermera titulada inmediatamente después de su admisión a los Estados Unidos.
El empleador debe satisfacer los criterios de elegibilidad para poder tramitar un Formulario I-129, Petición para trabajador no-inmigrante, bajo el programa H-1C. Para ser elegible el empleador en los EE.UU. debe:
- Ser un hospital de la “Sub-parte D” bajo la Ley del Seguro Social
- Estar ubicado en un área de “escasez de profesionales de salud”
- Tener por lo menos 190 camas para cuidado agudo
- Tener una población de Medicare no menor al 35%
- Tener una población de Medicaid no menor al 28%
- Estar certificado por el Departamento de Trabajo
Trámite de la solicitud
El Formulario I-129, Petición para trabajador no-inmigrante, debe ser tramitado por un hospital EE.UU. empleador que haya recibido un aviso de aprobación para la Certificación para enfermeras no-inmigrantes H-1C del Departamento de Trabajo.
Documentos de apoyo
El Formulario I-129 debe incluir los siguientes documentos:
- Copia vigente de la aprobación por parte del Departamento de Trabajo del trámite de una certificación con el Formulario ETA-9081, Certificación para enfermeras no-inmigrantes H-1C
- Declaración del centro describiendo cualquier limitación sobre sus servicios impuesta por las leyes del estado o de la jurisdicción en la cual se propone trabajar.
- Evidencia que usted está o estará autorizada/o por una Junta Estatal de Enfermería para desempeñarse en la práctica de la enfermería titulada en un estado o territorio o posesión de los EE.UU., y que usted está o estará practicando en un centro que provee servicios de cuidado de salud.
- Evidencia que usted aprobó el examen de la Comisión sobre Graduados de Escuelas de Enfermería en el Extranjero (CGFNS)
- O ha obtenido una licencia completa y sin restricciones (permanente) para practicar como enfermera titulada en cualquier estado o territorio de los EE.UU., y recibió autorización temporal para practicar como enfermera titulada en el estado en el cual se propone trabajar.
- Evidencia que usted obtuvo una licencia completa y sin restricciones para practicar la enfermería profesional en el país donde usted obtuvo su educación en enfermería o que ha recibido educación en enfermería en los EE.UU.
- Evidencia que usted esta plenamente calificada y es elegible bajo las leyes (incluyendo los requisitos temporales o interinos para licencias que le autorizan trabajar) que gobiernan el lugar donde se propone trabajar como enfermera titulada inmediatamente después de su admisión a los EE.UU.
Para solicitar una visa en la embajada o el consulado de los EE.UU.
Si se aprueba su Formulario I-129, le enviaremos a su empleador un aviso de aprobación por medio de un Formulario I-797, Aviso de acción; el empleador a su vez se lo enviará a usted. Un aviso de aprobación Formulario I-797 puede ser utilizado para solicitar una visa de no-inmigrante en una embajada o consulado de los EE.UU.
Antes de solicitar su visa, por favor verifique con la embajada o el consulado de los EE.UU. donde estará presentando su solicitud para averiguar sobre los requisitos específicos para solicitudes.
Se requiere lo siguiente en la fecha de la cita:
- Pasaporte válido y evidencia de toda visa previamente otorgada
- Original del Formulario I-797
- Formulario DS-156, Solicitud para visa de no inmigrante completado y firmado
- Pasaporte válido para viajar a los EE.UU. y con una fecha de vigencia de por lo menos 6 meses más allá del período que se propone para su estadía en los EE.UU.
- Formulario DS-157, Formulario DS-157, Solicitud suplementaria para visa de no inmigrante, que se requiere para todo solicitante masculino de visa no-inmigrante entre las edades de 16 y 45, sin importar su nacionalidad y sin importar adonde lo solicite
- Una fotografía 2”x2”
Período de estadía/Extensión de estadía
Período inicial de estadía | Extensión de estadía |
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Hasta 3 años | La estadía total se limita a 3 años. Se puede otorgar una extensión de estadía para completar el período de 3 años de admisión. Sin embargo, no se puede otorgar una extensión de estadía para extender el período de admisión más allá que el período inicial de 3 años. |
Cambio de empleador
La clasificación H-1C de no-inmigrante se limita al empleo con el hospital específico que tramitó la petición. Un cambio de empleador significa que su empleador nuevo deberá tramitar nuevamente el Formulario I-129, Petición para trabajador no inmigrante. Usted no puede comenzar a trabajar para un empleador nuevo hasta que se haya aprobado su Formulario I-129.
Familia de portadores de visa H-1C
Su cónyuge e hijos solteros menores de los 21 años de edad tienen derecho a la clasificación H-4. H-4 es la clasificación de no-inmigrante para dependientes de extranjeros principales con la clasificación H.
Límites para las visas H-1C
Solamente se otorgarán 500 visas H-1C durante cada año fiscal. También hay limitaciones numéricas para cada estado, dependiendo de la población del estado. El límite para estados con poblaciones en exceso de 9 millones es 50 para cada año fiscal. El límite para estados con poblaciones de 9 millones o menos es de 25 para cada año fiscal.