Requisitos de Residencia Continua y Presencia Física para obtener la Ciudadanía
Se requiere que los solicitantes demuestren que han:
- Residido continuamente en los Estados Unidos por 5 años antes de presentar la solicitud (ver base legal), o
- Residido continuamente en los Estados Unidos por 3 años, en el caso de cónyuges elegibles de ciudadanos estadounidense (ver base legal)
“Residencia Continua” significa que el solicitante ha mantenido residencia en los Estados Unidos por el tiempo requerido.
Las ausencias prolongadas fuera de los Estados Unidos pueden afectar el período de residencia continua de un solicitante.
- Ausencias de entre 6 meses a un año interrumpirán la continuidad del período de la residencia a menos que el solicitante pueda probar lo contrario, (ver base legal).
- Ausencias en exceso de un año o más interrumpirán la continuidad del período de la residencia de un solicitante (ver base legal).
Los solicitantes deberán demostrar que han estado:
- Físicamente presente en los Estados Unidos por 30 meses en el período de los 5 años inmediatamente antes de presentar su solicitud (ver base legal), o
- Físicamente presente en los Estados Unidos por 18 meses en el período de 3 años antes de presentar su solicitud (en el caso de cónyuges elegibles de ciudadanos estadounidenses (ver base legal).
Además, se les requiere demostrar que han residido durante al menos los 3 meses inmediatamente anteriores a la entrega del Formulario N-400 en el distrito o estado de USICIS en que el solicitante afirma tener su residencia (vea 8 CFR §316.2(a)(5) & §319.1(a)(5)).
Los párrafos (b), (c) y (f) de la Sección 316, de la Ley de Inmigración y Nacionalidad permite ciertas excepciones al requisito de residencia continua para solicitantes que trabajan en el extranjero para:
- El gobierno de los Estados Unidos, incluidas las Fuerzas Armadas;
- Contratistas del gobierno de los Estados Unidos;
- Una institución estadounidense de investigación reconocida (vea la lista de instituciones de investigación estadounidenses y otras organizaciones reconocidas);
- Una organización internacional pública;
- Una organización designada bajo la Ley de Inmunidad Internacional; o
- Una denominación o misión que tenga una organización auténtica en Estados Unidos con el propósito de desempeñar funciones ministeriales o sacerdotales o participar como clérigo, misionero, hermano, monja o hermana.
Si usted busca preservar su residencia continua para propósitos de Naturalización mientras trabaja en el extranjero en una de estas instituciones reconocidas, debe presentar el Formulario N-470, Solicitud para Conservar Residencia para Propósitos de Naturalización con USCIS.
Una organización puede obtener el reconocimiento de USCIS como una institución estadounidense de investigación con el propósito de preservar el estatus de residencia continua de sus empleados quienes son o serán solicitantes de naturalización asignados en el extranjero por un período de tiempo prolongado. La organización solicitante debe seguir las instrucciones indicadas en nuestra página web de “Pedir Reconocimiento como Institución Estadounidense de Investigación” (en inglés).
- Ley de Inmigración y Nacionalidad Requisitos de Residencia y Presencia Física (INA§ 316 y 317) (en inglés).
- Regulaciones para la Residencia Continua (en inglés).
- Guías para la Residencia Continua del Manual de Políticas de USCIS (en inglés).
- Guías para la Presencia Física del Manual de Políticas de USCIS (en inglés).
- Lista de Instituciones de Investigación Estadounidenses y Otras Organizaciones Reconocidas
- Centro de Recursos para Ciudadanía