Los Formularios y la Guía del Manual de Políticas Han Sido Actualizados Bajo la Regla Final de Inadmisibilidad por Motivos de Carga Pública
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS por sus siglas en inglés) ha publicado formularios revisados consistentes con la regla final de Inadmisibilidad por Motivos de Carga pública, que el Departamento de Seguridad Nacional, incluido USCIS, implementará el 24 de febrero de 2020. A partir del 24 de febrero de 2020, los solicitantes y peticionarios deben usar las nuevas ediciones de los siguientes formularios (excepto en Illinois, donde un tribunal federal todavía prohíbe su implementación):
- Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante
- Formulario I-129CW, Petición de Trabajador No Inmigrante Transicional – Solo de CNMI
- Formulario I-485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar Estatus
- Formulario I-485 Suplemento A, Suplemento A del Formulario I-485, Ajuste de Estatus bajo la Sección 245(i)
- Formulario I-485J, Confirmación de una Oferta de Trabajo Genuina o Solicitud de Portabilidad de Empleo bajo la Sección 204(j) de INA
- Formulario I-539, Solicitud para Extender/Cambiar Estatus de No Inmigrante
- Formulario I-539A, Información Suplementaria para Solicitud para Extender o Cambiar Estatus de No Inmigrante (PDF)
- Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad
- Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico bajo la Sección 213A de INA
- Formulario I-864A, Contrato Entre Patrocinador y Miembro del Grupo Familiar
- Formulario I-864EZ, Declaración Jurada de Patrocinio Económico bajo la Sección 213A de INA
- Formulario I-912, Petición de Exención de Tarifas
Además, excepto en Illinois, los solicitantes de ajuste de estatus sujetos a la inadmisibilidad por motivos de carga pública y la regla final tendrán que presentar el Formulario I-944, Declaración de Autosuficiencia. Algunos solicitantes que USCIS invite a presentar una fianza por motivos de carga pública pueden usar el nuevo Formulario I-945, Fianza por Carga Pública, para dicho propósito, y el nuevo Formulario I-356, Solicitud de Cancelación de la Fianza por Carga Pública, para solicitar la cancelación de la fianza por motivos de carga pública.
Algunas categorías de extranjeros están exentos de la causal de inadmisibilidad por motivos de carga pública (como, por ejemplo, los refugiados, asilados, VAWA, y algunos solicitantes de visas T y U) y, por lo tanto, no están sujetos a la regla final de Inadmisibilidad por Motivos de Carga Pública. Para más información acerca de las categorías de extranjeros que están exentos de la regla final, por favor vea el Manual de Políticas.
Cómo Reportar Información sobre Beneficios
La regla final requiere que los extranjeros proporcionen cierta información relacionada con beneficios públicos. Las instrucciones del Formulario I-944 requieren que los extranjeros que están sujetos a la inadmisibilidad por motivos de carga pública proporcionen información acerca de si el extranjero solicitó, se le certificó o aprobó para recibir, o recibió ciertos beneficios públicos no monetarios en o después del 15 de octubre de 2019.
Las instrucciones de los Formularios I-129, I-129CW, I-539, requieren que el peticionario o extranjero informe si el extranjero recibió beneficios públicos desde que obtuvo su estatus de no inmigrante que desea extender o cambiar.
Debido a las demoras producidas por el pleito legal en la implementación de la regla final, USCIS aplicará todas estas referencias al 15 de octubre de 2019 como si se refiriera al 24 de febrero de 2020. Los peticionarios y extranjeros deben hacer lo mismo. En otras palabras, los extranjeros no tienen que informar en el Formulario I-944 la solicitud, certificación o aprobación para recibir, o el recibo de ciertos beneficios públicos no monetarios antes del 24 de febrero de 2020. Asimismo, los peticionarios y extranjeros no tienen que reportar en los Formularios I-129, I-129CW e I-539, cualquier beneficio público recibido por el extranjero, si el beneficio fue recibido antes del 24 de febrero de 2020.
Fechas de Matasello y Envío de Formularios
USCIS aceptará la edición actual de estos formularios si está matasellada (o presentada electrónicamente, si corresponde) antes del 24 de febrero de 2020. No los aceptaremos si están matasellados en o después del 24 de febrero de 2020, excepto en Illinois. Para solicitudes y peticiones enviadas por medio de mensajería comercial (por ejemplo, UPS, FedEx o DHL), la fecha del matasello es la fecha que indica el recibo del servicio de mensajería.
Residentes de Illinois
USCIS está prohibido de implementar la regla final en Illinois, donde la Corte de Distrito de Estados Unidos para el Distrito Norte de Illinois tiene prohibida su implementación. Si se levanta el mandato judicial preliminar, USCIS proporcionará guías adicionales. Si usted va a solicitar beneficios de inmigración y vive en Illinois, o es un empleador peticionario en Illinois, por favor, revise la información de nuestro sitio web acerca de cómo los residentes de Illinois pueden acceder a los formularios y presentar su solicitud bajo este mandato judicial provisional.
Información Adicional
USCIS también ha publicado guías en el Manual de Política basadas en la regla final. Para información adicional por favor vea el Alerta de Políticas (PDF, 352.79 KB).
Para más información acerca de la regla final, vea la página Regla Final de Inadmisibilidad por Motivos de Carga Pública.