USCIS Actualiza las Guías sobre Autorización de Empleo para Cónyuges No Inmigrantes E y L
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) ha actualizados las guías en el Manual de Políticas de USCIS para abordar la documentación que ciertos cónyuges no inmigrante E y L pueden utilizar como evidencia de autorización de empleo basada en su estatus de no inmigrante.
El 12 de noviembre de 2021, USCIS emitió una notificación de política para clarificar que consideraremos que los cónyuges E y L están autorizados a trabajar a base de su estatus válido de no inmigrante E o L. A partir del anuncio de noviembre de 2021, el Departamento de Seguridad Nacional agregó nuevos códigos de Clase de Admisión (COA) para diferenciar los cónyuges de los hijos E y L.
A partir del 30 de enero, USCIS y la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) comenzaron a enviar Formularios I-94 con los siguientes nuevos COA para ciertos cónyuges E y L: E-1S, E-2S, E-3S y L-2S. Se aceptará un Formulario I-94 no vencido que tenga uno de estos nuevos códigos como evidencia de autorización de empleo para cónyuges bajo la Lista C del Formulario I-9.
Si usted es un cónyuge E o L de 21 años o más que tiene un Formulario I-94 no vencido que USCIS emitió antes del 30 de enero, le enviaremos por correo una notificación a partir del 1 de abril de 2022 o alrededor de esa fecha. Esta notificación, junto con un Formulario I-94 no vencido que refleje el estatus de no inmigrante E-1, E-2, E-3, E-3D, E-3R o L-2, servirá como evidencia de autorización de empleo. Si usted es un cónyuge E o L y menor de 21 años, o si no ha recibido su notificación antes del 30 de abril, envíe un correo electrónico a E-L-married-U21@uscis.dhs.gov.
Solo enviaremos notificaciones a personas identificadas como cónyuges cualificados a base de un Formulario I-539 aprobado por USCIS. Las personas que recibieron su Formulario I-94 de parte de CBP deben visitar www.cbp.gov.
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