USCIS Extiende el Permiso de Permanencia Temporal para Solicitantes de Estatus de Residente a Largo Plazo de CNMI
USCIS anunció hoy que extenderá automáticamente el permiso de permanencia (parole) y la autorización de empleo, si corresponde, a personas con permiso de permanencia temporal (parolees) que solicitaron de manera oportuna el estatus de residente a largo plazo de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI).
Esta exención específica del permiso solo aplica a aquellas personas que tienen el permiso de permanencia temporal actualmente y presentaron un Formulario I-955, Solicitud de Estatus de Residente a Largo Plazo de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI) y el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, y cuyas solicitudes quedaron pendientes el 31 de diciembre de 2020. USCIS extenderá automáticamente el permiso de permanencia temporal (y autorización de empleo, si corresponde), sin interrupción, hasta el 30 de junio de 2021, o hasta la fecha en que USCIS tome una decisión final acerca del Formulario I-955 y Formulario I-765 del solicitante, lo que ocurra primero.
El estatus de residente a largo plazo de CNMI fue creado por la Ley de Ayuda a Residentes Legales a Largo Plazo de las Islas Marianas del Norte (Ley Pública 116-24) promulgada el 25 de junio de 2019. La nueva ley le otorga específicamente al Departamento de Seguridad Nacional, la discreción de autorizar el permiso de permanencia temporal, con autorización de empleo, a estos extranjeros durante el periodo necesario para implementar la nueva ley. Anteriormente, USCIS había extendido en dos ocasiones el permiso de permanencia temporal, una vez el 17 de junio y de nuevo el 11 de agosto.
Las personas elegibles que presentaron el Formulario I-955 y el Formulario I-765 de manera oportuna y cuyas solicitudes quedaron pendientes el 31 de diciembre y tienen un Documento de Autorización de Empleo (EAD), si corresponde, que caduca en o antes del 31 de agosto de 2020, pueden utilizar los siguientes documentos como evidencia de identidad y autorización del empleo para el Formulario I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo, hasta el 30 de junio de 2020 (o la fecha que USCIS tome una determinación final acerca de su solicitud de estatus de residencia a largo plazo, lo que ocurra primero):
- Una copia de este alerta web;
- Formulario I-766, Documento de Autorización de Empleo, que tenga la categoría “C-11” con una fecha de caducidad en o antes del 29 de junio de 2020, y
- Evidencia de que el extranjero presentó el Formulario I-955 y Formulario I-765 en o antes del 17 de agosto. Puede ser una copia del Formulario I-797C, Notificación de Acción, que indique que la persona que tiene el permiso de permanencia temporal ha presentado el Formulario I-765 y solicita el código de clasificación (class) (c)(37), o si no está disponible, una copia del Formulario I-955 y el Formulario I-765 con el recibo del envío por correo postal.
Los extranjeros elegibles tuvieron 180 días, hasta el 17 de agosto de 2020, para solicitar el estatus de residente permanente a largo plazo de CNMI. USCIS anunció la fecha límite del 17 de agosto de 2020 cuando abrió el periodo de solicitud el 19 de febrero de 2020. Si USCIS no acepta el Formulario I-955 ni el Formulario I-765 del solicitante, su permiso de permanencia temporal (y autorización de empleo, si aplica) caducará y deberá salir de CNMI.