Programas Humanitarios
Información y programas humanitarios
USCIS brinda protección a las personas que no pueden residir en sus países de origen; a las personas que deben ingresar a Estados Unidos en circunstancias urgentes; y a las víctimas de ciertos delitos, incluidos, entre otros, la trata de personas, la violencia doméstica, el abandono, la negligencia o el abuso.
Víctimas de Delitos y Abusos
Cónyuges, Hijos y Padres Abusados
Los no ciudadanos que han sido abusados por ciertos ciudadanos estadounidenses o familiares residentes permanentes legales pueden ser elegibles para beneficios de inmigración bajo la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA) sin el conocimiento, consentimiento o participación del abusador. Ciertos beneficios también pueden estar disponibles para los familiares elegibles.
Víctimas de Trata de Personas
El estatus de no inmigrante T está disponible para los no ciudadanos que son víctimas de una forma grave de trata, están físicamente presentes en Estados Unidos, han brindado asistencia a las agencias de control de ley o cualifican para una exención o excepción, y cumplen con otros requisitos. Ciertos beneficios también pueden estar disponibles para los familiares elegibles.
Víctimas de Otros Delitos
El estatus de no inmigrante U está disponible para los no ciudadanos que son víctimas de ciertos delitos, han sufrido abuso mental o físico, son útiles en la investigación o el enjuiciamiento de la actividad criminal y cumplen con otros requisitos. Ciertos beneficios también pueden estar disponibles para los familiares elegibles.
Jóvenes Inmigrantes Especiales (SIJ)
La clasificación SIJ brinda protección humanitaria a niños no ciudadanos en Estados Unidos que necesitan la protección de un tribunal estatal de menores debido a abuso, negligencia, abandono o una base similar según la ley estatal.
Matrimonio Forzado
Ciertas víctimas de matrimonio forzado, en el que una o ambas partes no dieron o no pudieron dar su consentimiento debido a la fuerza, el fraude o la coerción, pueden ser elegibles para recibir alivio o salvaguardas de inmigración.
Mutilación o Ablación Genital Femenina (FGM/C)
Ciertas víctimas de mutilación genital femenina, la extirpación parcial o total de los genitales externos femeninos u otras lesiones a los órganos genitales por razones no médicas, pueden ser elegibles para una ayuda de inmigración.
Protección International
Refugiados
Los no ciudadanos fuera de Estados Unidos que buscan protección contra la persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, membresía en un grupo social en particular u opinión política pueden ser remitidos al Programa de Admisión de Refugiados de Estados Unidos para su consideración de reasentamiento si cumplen con los criterios requeridos.
Asilo
Los no ciudadanos presentes o que llegan a Estados Unidos pueden buscar protección contra la persecución pasada o futura por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social en particular u opinión política solicitando asilo si cumplen con los criterios requeridos.
Estatus de Protección Temporal (TPS)
El TPS proporciona un estatus migratorio temporal a los nacionales elegibles de ciertos países extranjeros designados (o personas sin nacionalidad cuya última residencia habitual fue en el país extranjero designado) que están físicamente presentes en Estados Unidos.
Salida Forzosa Diferida (DED)
La DED es una suspensión administrativa de la remoción otorgada por el presidente. La DED evita que ciertas personas sean removidas de Estados Unidos por un período designado.
Permisos de Permanencia Temporal
Permisos Humanitarios
Los no ciudadanos que están fuera de Estados Unidos pueden solicitar el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos, o alguien puede solicitar dicho permiso en su nombre, caso por caso, por razones humanitarias urgentes o de beneficio público significativo.
Permisos Humanitarios de Reunificación Familiar (FRP)
Los beneficiarios de un Formulario I-130 aprobado que sean nacionales de Colombia, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Haití u Honduras, y sus familiares inmediatos, pueden ser considerados para el permiso de permanencia temporal bajo los procesos de FRP, caso por caso, por razones humanitarias urgentes o beneficio público significativo. Estos procesos solo están disponibles por invitación.
Proceso de renovación del permiso de permanencia temporal para ciertos nacionales afganos
USCIS aceptará y considerará, caso por caso, las solicitudes de renovación de permiso de permanencia temporal bajo la sección 212(d)(5) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) de ciertos ciudadanos afganos no ciudadanos.
Procesos para Cubanos, Haitianos, Nicaraguenses y Venezolanos
Ciertos cubanos, haitianos, nicaragüenses y venezolanos, y sus familiares inmediatos, que tienen una persona de apoyo en Estados Unidos pueden ser considerados para el permiso de permanencia temporal caso por caso por razones humanitarias urgentes o beneficio público significativo.
Unidos por Ucrania
Ciertos ucranianos y sus familiares inmediatos que tienen una persona que les brinde apoyo financiero en Estados Unidos pueden ser considerados para el permiso de permanencia temporal caso por caso por razones humanitarias urgentes o beneficio público significativo.
Recursos de empleo para personas con permiso de permanencia temporal en Estados Unidos
Las personas con permiso de permanencia temporal que cualifican para la autorización de empleo pueden buscar oportunidades de empleo si están autorizadas a trabajar.
Información para Países Específicos
Información para Nacionales Afganos
Los nacionales afganos y sus familiares inmediatos reubicados en Estados Unidos pueden ser elegibles para ciertos beneficios de inmigración.
DACA
Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA)
Ciertos no ciudadanos que llegaron a Estados Unidos cuando eran niños y cumplen con varios criterios mínimos pueden solicitar DACA y autorización de empleo.
Apatridia
Apatridia
Por lo general, un apátrida no es considerado nacional por ningún Estado en virtud de sus leyes. USCIS puede considerar la posible apatridia al evaluar la elegibilidad de un no ciudadano para un beneficio de inmigración u otro alivio.
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