Programa de Permiso de Reunificación Familiar Haitiano (HFRP)
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El Programa de Permiso de Reunificación Familiar Haitiano (HFRP) fue creado en 2014 para permitir que ciertos ciudadanos estadounidenses elegibles y a residentes permanentes legales soliciten un permiso humanitario de ingreso para sus familiares en Haití. Si se les concede el permiso, estos familiares pueden venir a Estados Unidos sin tener que esperar que se cumpla su fecha de prioridad de visa de inmigrante. Una vez que están en Estados Unidos, los beneficiarios pueden solicitar permiso de trabajo mientras esperan para solicitar la residencia permanente legal.
El 11 de agosto de 2023, DHS implementó el proceso modernizado de HFRP. Para obtener información sobre el proceso actualizado, consulte nuestra página web de Procesos de Permisos Humanitarios de Reunificación Familiar.
La información en esta página web es solo pertinente para las personas que ya tienen el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos bajo HFRP.
El permiso de permanencia temporal (“parloe”) no es una visa de inmigrante y no es igual a tener el estatus de residente permanente legal (LPR) (tener una Tarjeta Verde). Este permiso es carácter temporal y le permite estar en Estados Unidos de manera legal durante el periodo de vigencia del permiso y solicitar una autorización de empleo discrecional. Si a usted se le otorgó el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos bajo HFRP, puede volver a solicitar dicho permiso si su periodo de permiso inicial caducó o está cerca de caducar. Vea la sección a continuación Cómo Solicitar la Renovación de Permiso de Permanencia Temporal.
Cómo Solicitar la Autorización de Empleo
Después que se le otorgue el permiso humanitario para permanecer temporalmente en EE. UU. bajo el proceso HFRP, usted será elegible para solicitar autorización de empleo de parte de USCIS.
Para solicitar autorización de empleo discrecional, debe presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo. Para obtener una lista completa de todas las tarifas de USCIS, incluidas las exenciones de tarifas y las exenciones de pagos de tarifas, consulte nuestra página web Desglose de Tarifas.
Si alguna vez usted trabajó en Estados Unidos sin una autorización, es posible que se le prohíba solicitar una tarjeta de residente permanente en Estados Unidos. En este caso, usted tendrá que solicitar y ser procesado en el extranjero para una visa de inmigrante en lugar de solicitar el estatus de residente permanente legal (una tarjeta de residente permanente, también conocida como “Green Card” o Tarjeta Verde) en Estados Unidos.
Elegibilidad para Ciertos Beneficios
Una vez usted haya obtenido el permiso bajo el proceso HFRP, usted cumple con la definición de participante cubano/haitiano (conocido en inglés como “Cuban/Haitian entrant” y puede ser elegible para recibir ciertos beneficios públicos. Para más información, vea la sección 501(e)(1) de la Ley de Educación y Asistencia a Refugiados (REAA) de 1980.
Usted será elegible para solicitar beneficios y servicios a partir de la fecha en que comenzó su estatus como participante cubano o haitiano. Esta es la fecha en que usted entra a EE. UU. con el permiso de permanencia temporal.
Cancelación de su Permiso
Si ya se le otorgó el permiso de permanencia temporal en Estados Unidos, su permiso podría cancelarse automáticamente si:
- Sale de Estados Unidos; o
- Su periodo de permiso caduca.
El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) también podría decidir cancelar su permiso de permanencia temporal por otros motivos, tales como violar cualquiera ley de Estados Unidos.
Solicitar el Estatus de Residente Permanente Legal / Tarjeta Verde
Esperamos que las personas a quienes se les ha otorgado un permiso (“parole”) bajo el programa HFRP soliciten el estatus de residente permanente legal (una Green Card o Tarjeta Verde) tan pronto su visa de inmigrante esté disponible. Es responsabilidad suya monitorear cuándo una visa de inmigrante estará disponible. No le enviamos una notificación para avisarle cuando su visa de inmigrante está disponible ni damos seguimiento a si algún beneficiario derivado ha cumplido la edad límite (“aged-out”) de su elegibilidad para obtener una tarjeta de residente permanente y puede que tengan que solicitar una nueva petición o solicitud presentado a nombre de este. (Vea nuestra página Ley de Protección del Estatus del Menor (CSPA) para más información.)
Por favor, vea la información en inglés (PDF, 186.71 KB) o criollo haitiano (PDF, 189.21 KB) sobre cómo verificar si su visa de inmigrante está disponible.
Si… | Entonces… |
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| Debe solicitar una tarjeta de residente permanente mediante la presentación del Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar de Estatus, junto con los formularios y evidencia inicial requeridos, incluidos, pero no limitados a: • Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico bajo la Sección 213A de INA; y • Formulario I-693, Informe de Examen Médico de Inmigración y Registro de Vacunación Para más información sobre la evidencia inicial requerida, por favor, visite la página del Formulario I-485. Usted debe considerar solicitar una renovación del permiso (“re-parole”) si puede que el procesamiento de una visa de inmigrante no se complete antes de que su periodo de permiso de permanencia temporal caduque. Si su periodo de permiso caduca antes de que usted obtenga un estatus de inmigración y usted no ha solicitado u obtenido la renovación del permiso de ingreso, entonces, en general, usted no será elegible para ajustar su estatus para convertirse en un residente permanente aún si su visa de inmigrante está disponible. Puede que usted también acumule presencia ilegal. (Vea la sección Presencia Ilegal para más detalles). |
Si presentó su Formulario I-485 y está en trámite | Debe considerar solicitar una renovación del permiso (“re-parole”) antes de que caduque el periodo de su actual permiso de permanencia temporal. Si rechazaremos o denegamos su Formulario I-485, es posible que acumule presencia ilegal si su periodo de permiso de permanencia temporal ha caducado y todavía no ha obtenido la renovación del permiso y no está de otra manera en un periodo de estadía autorizada. (Vea la sección a continuación de Presencia Ilegal para más detalles). |
Si presentó su Formulario I-485 y lo rechazamos o denegamos | Es posible que no esté en un periodo de estadía autorizada y esté acumulando la presencia ilegal si su periodo de permiso de permanencia temporal ya caducó y todavía usted no ha obtenido la renovación del permiso de permanencia temporal. Debe considerar solicitar la renovación del permiso. Aún si su periodo de permiso caducó, usted puede solicitar la renovación del permiso antes de presentar otro Formulario I-485. (Vea las secciones Solicitar la Renovación de Permiso de Permanencia Temporal y Presencia Ilegal, a continuación, para detalles adicionales). |
Presencia Ilegal
Estar presente en Estados Unidos de manera ilegal podría tener serias consecuencias de inmigración:
- Es posible que usted no pueda ajustar su estatus si ha estado en Estados Unidos de manera ilegal en cualquier momento desde que llegó a Estados Unidos como una persona que tiene permiso de permanencia temporal (“parolee”). Esto significa que usted deberá salir de Estados Unidos para solicitar una visa de inmigrante para regresar a Estados Unidos como un residente permanente legal; y
- Si usted ha estado en Estados Unidos de manera ilegal durante más de 180 días, puede que esté sujeto a un veto por presencia ilegal, dependiendo de su edad. Esto significa que no podría regresar a Estados Unidos por un periodo de tres o 10 años, lo que dependerá de la duración de su presencia ilegal, a menos que reciba una exención. Para más información, visite nuestra página de Presencia Ilegal e Inadmisibilidad.
Si usted está sujeto a un veto por presencia ilegal, puede solicitar una exención mediante la presentación del Formulario I-601A, Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal, antes de salir de Estados Unidos para comparecer en una embajada o consulado de Estados Unidos para una entrevista de visa de inmigrante. Para obtener más información acerca de cómo solicitar una exención después de salir de Estados Unidos, visite nuestra página del Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad.
También puede encontrar servicios legales o consultar con un proveedor autorizado de servicios de inmigración acerca de su situación.
Esperamos que las personas a quienes se les ha otorgado un permiso (“parole”) bajo el programa HFRP soliciten el estatus de residente permanente legal (una Green Card o Tarjeta Verde) tan pronto su visa de inmigrante esté disponible. Es responsabilidad suya monitorear cuándo una visa de inmigrante estará disponible. No le enviamos una notificación para avisarle cuando su visa de inmigrante está disponible ni damos seguimiento a si algún beneficiario derivado ha cumplido la edad límite (“aged-out”) de su elegibilidad para obtener una tarjeta de residente permanente y puede que tengan que solicitar una nueva petición o solicitud presentado a nombre de este. (Vea nuestra página Ley de Protección del Estatus del Menor (CSPA) para más información.)
Por favor, vea la información en inglés (PDF, 186.71 KB) o criollo haitiano (PDF, 189.21 KB) sobre cómo verificar si su visa de inmigrante está disponible.
Si… | Entonces… |
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| Debe solicitar una tarjeta de residente permanente mediante la presentación del Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar de Estatus, junto con los formularios y evidencia inicial requeridos, incluidos, pero no limitados a:
Para más información sobre la evidencia inicial requerida, por favor, visite la página del Formulario I-485. Usted debe considerar solicitar una renovación del permiso (“re-parole”) si puede que el procesamiento de una visa de inmigrante no se complete antes de que su periodo de permiso de permanencia temporal caduque. Si su periodo de permiso caduca antes de que usted obtenga un estatus de inmigración y usted no ha solicitado u obtenido la renovación del permiso de ingreso, entonces, en general, usted no será elegible para ajustar su estatus para convertirse en un residente permanente aún si su visa de inmigrante está disponible. Puede que usted también acumule presencia ilegal. (Vea la sección Presencia Ilegal para más detalles). |
Si presentó su Formulario I-485 y está en trámite | Debe considerar solicitar una renovación del permiso (“re-parole”) antes de que caduque el periodo de su actual permiso de permanencia temporal. Si rechazaremos o denegamos su Formulario I-485, es posible que acumule presencia ilegal si su periodo de permiso de permanencia temporal ha caducado y todavía no ha obtenido la renovación del permiso y no está de otra manera en un periodo de estadía autorizada. (Vea la sección a continuación de Presencia Ilegal para más detalles). |
Si presentó su Formulario I-485 y lo rechazamos o denegamos | Es posible que no esté en un periodo de estadía autorizada y esté acumulando la presencia ilegal si su periodo de permiso de permanencia temporal ya caducó y todavía usted no ha obtenido la renovación del permiso de permanencia temporal. Debe considerar solicitar la renovación del permiso. Aún si su periodo de permiso caducó, usted puede solicitar la renovación del permiso antes de presentar otro Formulario I-485. (Vea las secciones Solicitar la Renovación de Permiso de Permanencia Temporal y Presencia Ilegal, a continuación, para detalles adicionales). |
Presencia Ilegal
Estar presente en Estados Unidos de manera ilegal podría tener serias consecuencias de inmigración:
- Es posible que usted no pueda ajustar su estatus si ha estado en Estados Unidos de manera ilegal en cualquier momento desde que llegó a Estados Unidos como una persona que tiene permiso de permanencia temporal (“parolee”). Esto significa que usted deberá salir de Estados Unidos para solicitar una visa de inmigrante para regresar a Estados Unidos como un residente permanente legal; y
- Si usted ha estado en Estados Unidos de manera ilegal durante más de 180 días, puede que esté sujeto a un veto por presencia ilegal, dependiendo de su edad. Esto significa que no podría regresar a Estados Unidos por un periodo de tres o 10 años, lo que dependerá de la duración de su presencia ilegal, a menos que reciba una exención. Para más información, visite nuestra página de Presencia Ilegal e Inadmisibilidad.
Si usted está sujeto a un veto por presencia ilegal, puede solicitar una exención mediante la presentación del Formulario I-601A, Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal, antes de salir de Estados Unidos para comparecer en una embajada o consulado de Estados Unidos para una entrevista de visa de inmigrante. Para obtener más información acerca de cómo solicitar una exención después de salir de Estados Unidos, visite nuestra página del Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad.
También puede encontrar servicios legales o consultar con un proveedor autorizado de servicios de inmigración acerca de su situación.
Si tiene un permiso de permanencia temporal en Estados Unidos bajo el Programa HFRP, puede solicitar una renovación del permiso si su periodo de permiso inicial caducó está cerca de caducar, a menos que esté sujeto a las causales para cancelación bajo las regulaciones de DHS descritas en 8 CFR sección 212.5(e). Puede verificar la fecha de vencimiento de su permiso de permanencia temporal en su Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida electrónico.
Para solicitar un nuevo periodo de permiso (“re-parole”), debe:
- Presentar un nuevo Formulario I-131, Solicitud de Documentos de Viaje, Documentos de Permisos de Permanencia Temporal y Registros de Entrada/Salida . Puede encontrar la tarifa de presentación para el Formulario I-131 en consultar nuestra página web de Desglose de Tarifas. , y pagar las tarifas requeridas (o solicitar una exención de tarifas);
- Marque la Casilla 10.A. en la Parte 1 del formulario;
- Complete pregunta 12 en la Parte 1 indicando la Fecha Límite de Admisión o la Fecha Límite de Vigencia de su Permiso de Permanencia Temporal incluidas en el I-94 que se le emitió previamente;
- Complete la pregunta 12 en la Parte 2 indicando la Clase de Admisión (COA) según aparece en el Formulario I-94 emitido previamente; y
- Envíesu solicitud a la dirección indicada en la sección de “Renovación de Permiso” (Re-Parole) de la página Direcciones para Presentación Directa del Formulario I-131 o presente su solicitud en línea a través de su cuenta de USCIS en línea. (No envíe la solicitud de renovación del permiso de permanencia temporal a la dirección PO Box 8500 que usted utilizó en su solicitud HFRP inicial).
Si… | Entonces… |
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Si su periodo de permiso de permanencia temporal está punto de caducar y no ha solicitado la renovación de permiso de permanencia temporal (“re-parole”) y no está de otra manera en un periodo de estadía autorizada | Debe solicitar la renovación de permiso de permanencia temporal (“re-parole”) para permanecer legalmente en Estados Unidos. Consideraremos las peticiones de la renovación de permiso de permanencia temporal, caso por caso bajo los mismos términos del permiso inicial del proceso HFRP. Usted debe presentar su petición por lo menos 90 días antes de la fecha de vencimiento de su permiso de permanencia temporal para permitir tiempo para el procesamiento. |
Si su periodo de permiso de permanencia temporal ya caducó, pero usted no solicitó la renovación del permiso de permanencia temporal (“re-parole”) o una tarjeta de residente permanente y no está de otra manera en un periodo de estadía autorizada | Es posible que usted no esté en un periodo de estadía autorizada. Sin embargo, usted aún puede solicitar la renovación del permiso (“re-parole”). Debe presentar una solicitud completa para la renovación del permiso lo antes posible. Si aprobamos su solicitud, es posible que sea elegible para solicitar la residencia permanente cuando su visa de inmigrante esté disponible. Sin embargo, si denegamos su solicitud, no estará en un periodo de estadía autorizada y es posible que esté acumulando presencia ilegal. (Vea la sección anterior Presencia Ilegal para más detalles). |
Vea la página de Proceso de Permiso de Reunificación Familiar o de Beneficio Público Significativo para Personas que Están Fuera de Estados Unidos para obtener información adicional sobre cómo solicitar el permiso de permanencia temporal bajo el proceso modernizado de permiso de reunificación familiar haitiano. Ya no aceptamos el Formulario I-131 para una solicitud HFRP inicial.
Creamos el Programa HFRP en diciembre 18 de 2014 para promover la unidad familiar a través de la migración segura, legal y organizada a Estados Unidos, aumentar las vías actuales para la inmigración legal desde Haití, y ayudar a Haití a continuar en su recuperación de la devastación y destrucción del terremoto del 12 de enero de 2010.
Aunque en agosto de 2019 anunciamos nuestra intención de cancelar el programa HFRP, ya no contemplamos la cancelación del programa.
Es recomendable que recuerde:
- USCIS y el Departamento de Estado les exhorta a usted y a sus familiares a estar atentos sobre la posibilidad de que personas que reclaman ser representantes del gobierno estadounidense le pidan dinero. Estas personas, comúnmente conocidos como “estafadores” pueden intentar engañarlo para hacer que usted les pague dinero al ofrecerle ayudarlo a presentar una solicitud con el Programa HFRP. Para conocer más sobre las estafas de inmigración más comunes y cómo reportar a los estafadores, por favor, visite nuestra página Evite Estafas.
- Los sitios web que terminan en “.gov” son los sitios web oficiales del gobierno. La información contenida en un sitio web oficial del gobierno que termina en “.gov” es la información oficial y correcta. Las direcciones oficiales de correo electrónico del gobierno también terminan en “.gov”, y cualquier correspondencia que venga de una dirección que no termina en “.gov” debe considerarla como sospechosa.
- The Haitian Family Reunification Parole (HFRP) Program (Haitian Creole Disponible en criollo haitiano)
- Como Verificar si su Visa de Inmigrante está Disponible (PDF, 185.1 KB) (Disponible en inglés)
- Como Verificar si su Visa de Inmigrante está Disponible (PDF, 189.21 KB) (Disponible en criollo haitiano)
- Boletín de Visas del Departamento de Estado
- Ley de Protección del Estatus del Menor (CSPA)
- Formulario G-1055, Desglose de Tarifas
- Información Adicional sobre Cómo Presentar una Solicitud de Exención de Tarifas
- Presencia Ilegal e Inadmisibilidad
Formularios
- Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero
- Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus
- Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico
- Formulario I-131, Solicitud de Documentos de Viaje, Documentos de Permisos de Permanencia Temporal y Registros de Entrada/Salida Formulario I-912, Solicitud de Exención de Tarifas
- Formulario I-134, Declaración Jurada de Patrocinio Económico
- Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo
- Formulario I-601, Solicitud de Exención de Causal de Inadmisibilidad
- Formulario I-601A, Solicitud de Exención Provisional por Presencia Ilegal