I-191, Solicitud de Ayuda Bajo la Antigua Sección 212(c) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA)
Use este formulario si es un residente permanente legal y desea presentar una solicitud de ayuda bajo la antigua sección 212(c) de INA.
El Congreso revocó la antigua sección 212(c) de INA efectivo el 1 de abril de 1997. Sin embargo, en 2001 la Corte Suprema de EE.UU. decidió que la revocación no aplica a aquellos residentes permanentes legales que se declararon culpables de un crimen antes del 1 de abril de 1997 (INS v. St.Cyr, 533 U.S. 289). En el caso Matter of Abdelghany, 26I&N Dec. 254 (BIA 2014), la Junta de Apelaciones de Inmigración indicó que la ayuda bajo la antigua sección 212(c) de INA también está disponible para los residentes permanentes legales que son elegibles de otra manera, aún si fueron convictos después de un juicio previo al 1 de abril de 1997.
Anteriormente este formulario se titulaba “Solicitud de Permiso Adelantado para Regresar a un Domicilio al que no se ha Renunciado”.
Detalles del Formulario
Las fechas están en formato mm/dd/aa (mes, día, año).
Si usted completa e imprime este formulario para enviarlo por correo postal, asegúrese de que la fecha de edición del formulario y los números de las páginas están visibles en la parte inferior de todas las páginas y que todas las páginas completadas sean de la misma edición del formulario. Si falta alguna de las páginas del formulario o las páginas son de ediciones diferentes, podríamos rechazar su solicitud.
Si necesita ayuda para descargar e imprimir los formularios, lea nuestras instrucciones.
Servicio Postal de Estados Unidos (USPS) y/o entregas de FedEx, UPS y DHL:
USCIS TSC
Attn: I-191
6046 N Belt Line Rd. Suite 191
Irving, TX 75038-0016
Puede encontrar la tarifa de presentación del Formulario I-191 en nuestra página Desglose de Tarifas.
Usted puede pagar la tarifa con un giro postal, cheque personal, cheque de caja o pagar con una tarjeta de crédito o débito mediante el Formulario G-1450, Autorización de Transacciones con Tarjeta de Crédito. Si paga con cheque, debe hacer su cheque pagadero a U.S. Department of Homeland Security.
Cuando usted envía un pago, acepta pagar por un servicio gubernamental. Las tarifas de presentación son finales y no reembolsables, independientemente de cualquier acción que tomemos en su solicitud o petición, o si retira su solicitud o petición. Si paga con una tarjeta de crédito o débito, no podrá impugnar el pago posteriormente.
Si va a presentar varios formularios, pague cada tarifa de presentación por separado. Estamos haciendo la transición al procesamiento electrónico de solicitudes de beneficios de inmigración, lo que requiere que utilicemos múltiples sistemas para procesar su paquete. Podemos rechazar todo su paquete si envía un pago único y combinado para múltiples formularios.
Consejos de Presentación: Consulte la página Consejos para la Presentación de Formularios por Correo Postal para obtener información acerca de cómo asegurarse que aceptemos su formulario.
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