I-539, Solicitud de Extensión o Cambio de Estatus de No Inmigrante
- Algunos no inmigrantes que desean extender su estadía o cambiar a algún otro estatus de no inmigrante
- Residentes de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CMNI) que solicitan un estatus inicial
- No inmigrantes F y M que solicitan reinstalación; y
- Personas que desean obtener estatus de no inmigrante V o una extensión de estadía como no inmigrante V
Debe revisar cuidadosamente las instrucciones de presentación del Formulario I-539 (PDF, 440.07 KB) antes de presentar su petición para asegurar que presenta su petición para una extensión o cambio de estatus por medio del formulario correcto.
Peticiones para extensiones de estadía, o cambio de estatus a ciertas clasificaciones basadas en el empleo deben ser presentadas por medio del Formulario I-129, Petición para Trabajador No Inmigrante ,en lugar del Formulario I-539.
NO debe presentar el Formulario I-539 para solicitar una extensión de estadía o cambio de estatus cualquiera de las siguientes clasificaciones:
- Comerciantes por Tratado Comercial principales E-1 y Empleados de los Comerciantes por Tratado Comercial E-1
- Inversionistas por Tratado Comercial Principales E-2 y Empleados de los Inversionistas por Tratado Comercial E-2
- Inversionistas Principales de CNMI E-2
- Profesionales Especializados Principales E-3 de Australia
[AVISO: Los dependientes familiares de los no inmigrantes principales E deben presentar un Formulario I-529 para extender su estadía o cambiar su estatus a menos que deseen cambiar a un estatus indicado aquí. En este caso, NO pueden usar el Formulario I-539.] - No Inmigrantes H-1B, H-1B1, H-2A, H-2B y H-3
- No Inmigrantes L-1
- No Inmigrantes O-1 y O-2
- No Inmigrantes P-1, P-2, P-3, P-1S, P-2S o P-3S
- No Inmigrantes Q-1
- No Inmigrantes R-1
- No Inmigrantes TN-1 y TN-2
AVISO IMPORTANTE: Presentar su petición en el formulario equivocado podrá resultará en el rechazo o denegación de su caso. USCIS no reembolsará su tarifa de presentación en el caso que sea denegado.
Detalles del Formulario
Las fechas están en formato mm/dd/aa (mes, día, año).
Si usted completa e imprime este formulario para enviarlo por correo postal, asegúrese de que la fecha de edición del formulario y los números de las páginas están visibles en la parte inferior de todas las páginas y que todas las páginas completadas sean de la misma edición del formulario. Si falta alguna de las páginas del formulario o las páginas son de ediciones diferentes, podríamos rechazar su solicitud.
Si necesita ayuda para descargar e imprimir los formularios, lea nuestras instrucciones.
Verifique este enlace para obtener la dirección postal para enviar su formulario: Dirección de Presentación Directa del Formulario I-539.
Las visas de no inmigrante se emiten a nacionales extranjeros que tienen la intención de permanecer en Estados Unidos de manera temporal (que no es permanente). El periodo puede variar según las categorías de no inmigrante. Entendemos que sus planes pueden cambian. Si su razón original para venir a Estados Unidos cambia, es posible que sea elegible para extender su estatus o que le exijamos cambiar su estatus de no inmigrante a otro estatus antes de que usted comience a ejercer legalmente las actividades que desea realizar.
Usted puede solicitar extender o cambiar su estatus en Estados Unidos si:
- Fue admitido legalmente en Estados Unidos como un no inmigrante;
- No cometió alguna acción que le convertiría en inelegible para recibir un beneficio de inmigración;
- No hay otro factor que le requiera salir de Estados Unidos antes de reingresar a base de una clasificación diferente (por ejemplo, un oficial de USCIS puede determinar que usted debe obtener una nueva visa antes de ser readmitido en Estados Unidos);
- Presenta su Formulario I-539 para una extensión o cambio de estatus por correo postal o puede presentar en línea antes de la fecha de vencimiento que indica el sello de admisión en su documento de viaje en su Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida. (Hay ciertas circunstancias limitadas en que USCIS perdonará una presentación tardía).
Por favor, tenga en cuenta que, algunas categorías de visa de no inmigrante no son elegibles para extender o cambiar de estatus (C, D, K-1, K-2, S, TWOV WT, y WB) y algunas solo pueden cambiar o extender estatus con ciertas restricciones (J-1 y M-1). Para guías adicionales, vea las instrucciones de presentación del Formulario I-539.
Si usted es elegible para presentar un Formulario I-539, debe solicitar una extensión de estadía o un cambio de estatus antes de que su autorización de estadía actual caduque. Aún si a usted se le aprueba otro estatus en el futuro, se le requerirá presentar un Formulario I-539 para “cubrir” cualquier interrupción que pudiese ocurrir entre la fecha de vencimiento de su estatus actual y la validez de su estatus futuro. Por eso, le exhortamos presentar su solicitud con un mínimo de 45 días antes de que caduque su estadía o tan pronto determine que necesita cambiar o extender su estatus. Se le podría excusar por no haber presentar su solicitud antes de la fecha de vencimiento, si al momento de presentar la solicitud demuestra que:
- La demora fue debido a una circunstancia extraordinaria fuera de su control;
- La duración de la demora fue razonable;
- No ha incumplido con su estatus de alguna otra manera;
- Es aún un no inmigrante genuino; y
- No está en procedimientos de remoción.
Su pasaporte debe ser válido por el periodo de estadía completo que usted solicitó en la nueva clasificación de no inmigrante en Estados Unidos.
Si su estatus caducó antes de que usted presentara su Formulario I-539 ante USCIS para cambiar o extender su estatus, o de otra manera incumplió con los términos de su estatus (tales como trabajar sin una autorización), usted está “fuera de estatus” (perdió su estatus). Si pierde estatus, no podemos cambiar su estatus excepto en ciertas circunstancias limitadas fuera de su control. Permanecer más tiempo del que se le concedió también puede afectar negativamente su capacidad para obtener otros beneficios o regresar a Estados Unidos más adelante. Si pierde su estatus, le recomendamos que abandone Estados Unidos para limitar las posibles repercusiones sobre su capacidad de volver a Estados Unidos en el futuro.
Puede encontrar la tarifa de presentación del Formulario I-539 en nuestra página Desglose de Tarifas.
Usted puede pagar la tarifa con un giro postal, cheque personal, cheque de caja o pagar con una tarjeta de crédito o débito mediante el Formulario G-1450, Autorización de Transacciones con Tarjeta de Crédito. Si paga con cheque, debe hacer su cheque pagadero a U.S. Department of Homeland Security.
Cuando envía un pago, usted acepta pagar por un servicio del gobierno. Las tarifas de presentación son finales y no reembolsables, independientemente de cualquier acción que tomemos en su solicitud o petición, o si usted retira su solicitud. Si paga con una tarjeta de crédito o débito, no podrá impugnar el pago posteriormente.
Si va a presentar varios formularios, pague cada tarifa de presentación por separado. Estamos haciendo la transición al procesamiento electrónico de solicitudes de beneficios de inmigración, lo que requiere que utilicemos múltiples sistemas para procesar su paquete. Debido a esto, debe pagar cada tarifa de presentación por separado para cualquier formulario que envíe. Podemos rechazar todo su paquete si envía un pago único y combinado para múltiples formularios.
Vea las lista de cotejo sobre la evidencia inicial requerida
Consejos para presentar el Formulario I-539, Solicitud para Extender/Cambiar Estatus de No Inmigrante
Complete todas las secciones del formulario. Rechazaremos el formulario si no completó lo siguiente:
- Parte 1 – Información Acerca de Usted
- Apellido
- Dirección postal
- Fecha de nacimiento
- Estatus actual de no inmigrante
- Parte 2 – Tipo de Solicitud
- Solicito (1., 2., o 3.a.)
- El Estatus que solicito (3.b. o 3.c.)
- Cantidad total de personas incluidas en esta solicitud.
Consejos para Presentar el Formulario I-539A, Solicitud de Extensión o Cambio de Estatus de No Inmigrante
- Parte 1 – Información Acerca de la Persona que Solicita el Formulario I-539
- Apellido
Consejos de Presentación: Consulte la página Consejos para la Presentación de Formularios por Correo Postal para obtener información acerca de cómo asegurarse que aceptemos su solicitud.
No olvide firmar su formulario. Rechazaremos y devolveremos cualquier formulario que no esté firmado.
Tipo de No Inmigrante | Instrucciones adicionales |
---|---|
Residentes del al Mancomunidad de la Islas Marianas del Norte (CNMI) |
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Extensión de No Inmigrante B | |
No Inmigrantes B1 o B2 | |
No Inmigrantes K-3/4 |
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No Inmigrantes V |
|
Notificación Electrónica: Si desea recibir un mensaje de correo electrónico y/o texto cuando hayamos aceptado su Formulario I-539 en una Localidad Segura (Lockbox) de USCIS, complete el Formulario G-1145, Notificación Electrónica de Aceptación de Solicitud/Petición, y adjúntelo al frente la primera página de su solicitud.
Información Acerca de la Presentación de Solicitudes
- Direcciones de Presentación del Formulario I-539, Solicitud para Extender/Cambiar el Estatus de No Inmigrante
- Consejos para la Presentación de Formularios
- Concesiones de Estatus
- Cómo Cambiar a un Estatus de Estudiante No Inmigrante F o M
Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida, Información para Completar Formularios de USCIS