Verificación de Antecedentes – Registro de Seguridad y Abuso Infantil
Las verificaciones de seguridad son una parte obligatoria del proceso de adopciones entre países (internacionales).
Como parte del proceso para que su hijo inmigre adoptado inmigrea Estados Unidos, llevaremos a cabo verificaciones de los antecedentes suyos, de su cónyuge y de cualquier miembro de su hogar. Además, el preparador de su estudio del hogar debe incluir una evaluación de los antecedentes penales de cualquier miembro del hogar en su estudio del hogar. Su preparador del estudio del hogar también debe incluir los resultados de las verificaciones requeridas del registro de maltrato infantil en su estudio del hogar.
Usted, su cónyuge y cualquier adulto que forme parte de su hogar debe presentar sus datos biométricos como parte del proceso de adopción entre países.
Su notificación de aprobación de idoneidad indicará el periodo de validez de la verificación de huellas dactilares. Sus huellas dactilares nunca expiran, pero el periodo de validez de la verificación de antecedentes y aprobación basada en la recolección de sus huellas dactilares dura 15 meses. Los resultados de la verificación de huellas dactilares debe ser válida al momento en que adjudicamos (o el Departamento de Estado adjudique) su Formulario I-600 o Formulario I-800.
Verificaciones de Seguridad
Investigación de registros disponibles de abuso de menores
En un caso de adopción entre países bajo el convenio de La Haya, la persona que prepara el estudio sobre su hogar debe verificar los registros disponibles de abuso de menores para usted, su cónyuge y cada miembro adulto adicional de su familia. Esto se ha de llevar a cabo en el estudio de su hogar.
- Los registros de abusos de menores deben ser verificados en cualquier estado o país extranjero en que haya residido usted, su cónyuge y cualquier miembro adulto de su familia desde que cumplió los 18 años de edad.
- USCIS también puede averiguar por su cuenta cualquier registro de abuso de menores.
La persona que prepara el estudio de su hogar debe realizar una de las siguientes:
- Acceso permitido: Si la persona que prepara el estudio de su hogar tiene acceso a los registros de abusos de menores, ésta debe hacer las pesquisas apropiadas sobre el solicitante y cada miembro adulto adicional de su familia.
- Obtención de permiso de acceso: Si el estado o país extranjero requiere que la persona que prepara el estudio del hogar obtenga permiso del solicitante y cada miembro adulto adicional de su familia antes de tener acceso a los registros de abuso de menores, ésta debe obtener tal permiso y hacer las pesquisas apropiadas.
- Información para el individuo únicamente: Si el estado o país extranjero sólo facilita información del registro de abuso de menores solo a la persona a quién se refiere la información, los posibles padres adoptivos y los demás miembros adultos de la familia deben conseguir y facilitar la información a la persona que prepara el estudio del hogar.
- La información no se publica: Si el estado o país extranjero no facilita información a la persona que prepara el estudio del hogar o a los posibles padres adoptivos o a los demás miembros adultos de la familia, la persona que prepara el estudio del hogar debe anotar en el estudio la falta de disponibilidad de la información.