Información sobre Adopción: República Popular China
Consulte la página web Información sobre Adopciones Internacionales de la República Popular de República Popular China del Departamento de Estado (DE) para obtener la información más actualizada sobre la política de la República Popular de República Popular China (PRC) que afecta la adopción internacional de República Popular China. USCIS y el Departamento de Estado están monitoreando la situación y el DE está haciendo esfuerzos para obtener información adicional. A medida que surja información acerca de cualquier actualización, la compartiremos con los posibles padres adoptivos.
El Ministerio de Asuntos Civiles de República Popular China informó al Departamento de Estado de Estados Unidos que, al 28 de agosto de 2024, la República Popular China ya no continuará gestiones de adopción internacional con ningún país, salvo excepciones muy limitadas. El Ministerio de Asuntos Exteriores de la República Popular China confirmó este cambio en una conferencia de prensa el 5 de septiembre de 2024.
Lo que esto significa para los posibles padres adoptivos:
El Ministerio de Asuntos Civiles de República Popular China informó que ha completado el procesamiento de los casos con autorizaciones de viaje emitidas anteriormente. El Ministerio de Asuntos Civiles no continuará procesando adopciones internacionales adicionales en ninguna etapa del proceso.
Según el Ministerio de Asuntos Civiles de la República Popular China, los extranjeros pueden adoptar hijastros e hijos de “familiares colaterales” de sangre de la misma generación y hasta el tercer grado de parentesco originarias de la República Popular China, si cumplen con otros requisitos de elegibilidad.
Continuamos aceptando y procesando el Formulario I-800A, Solicitud de Determinación de Idoneidad para Adoptar a un Niño de un País del Convenio, el Formulario I-800, Petición para Clasificar a un Adoptado del Convenio como Familiar Inmediato, y el Formulario I-800A, Suplemento 3, Solicitud de Acción sobre el Formulario I-800A, aprobado presentado por posibles padres adoptivos que tienen la intención de adoptar niños de la República Popular China. Sin embargo, a menos que cumpla con las excepciones de más arriba, usted no podrá completar el proceso de adopción internacional en la República Popular China. Las autoridades de la República Popular Chinas han indicado que los departamentos de asuntos civiles a través de la República Popular China ya no llevarán a cabo gestiones de adopción en el extranjero.
Si presentó un formulario para adoptar de la República Popular China y desea cambiar el país en el que se le aprobó la adopción, consulte la página web Cambio de País para obtener más información.
Por favor vea Preguntas Frecuentes: Adopción Internacional de la República Popular China para obtener más información sobre el procesamiento de casos de USCIS. Actualizaremos esta página de preguntas frecuentes a medida que recibamos preguntas adicionales.
Para obtener más información específica de cada país, consulte la página de Información de Adopciones Internacionales: Información del País del Departamento de Estado, o comuníquese con su proveedor de servicios de adopción.
P: ¿Es posible la adopción internacional entre la República Popular China y Estados Unidos?
R: No. La adopción internacional entre la República Popular China y Estados Unidos no es posible actualmente, salvo excepciones muy limitadas (ver más abajo). El Ministerio de Asuntos Civiles de la República Popular China ha anunciado que a partir del 28 de agosto de 2024 que la República Popular China (RPC) no continúa las gestiones de adopción internacional.
P: ¿Hay alguna excepción a la interrupción de las adopciones internacionales desde la República Popular China?
R: El Ministerio de Asuntos Civiles de la República Popular China ha indicado que los extranjeros que adoptan hijastros e hijos de familiares colaterales por sangre de la misma generación y hasta el tercer grado de parentesco originarias en la República Popular China aún pueden adoptar, si cumplen con otros requisitos de elegibilidad del Convenio de Adopción de La Haya. El gobierno de EE.UU. está solicitando aclaraciones sobre esta excepción y, de ser posible, proporcionará información actualizada.
Para obtener más información sobre estas excepciones, consulte la página de información del país del Departamento de Estado o comuníquese con su proveedor de servicios de adopción.
P: ¿Por qué la República Popular China suspendió su programa de adopción internacional?
R: No podemos especular sobre las razones de la decisión del Ministerio de Asuntos Civiles de la República Popular China. En una conferencia de prensa el 5 de septiembre de 2024, la portavoz del Ministerio de Relaciones Exteriores de República Popular China, Mao Ning, declaró: "El gobierno chino ha ajustado su política de adopción transfronteriza. Por lo tanto, después del [28 de agosto de 2024], aparte de la adopción de un niño o hijastro de los familiares colaterales por sangre de la misma generación y hasta el tercer grado de parentesco por parte de extranjeros que vengan a República Popular China, la República Popular China no enviará niños al extranjero para su adopción. Esto también va en consonancia con el espíritu de los pactos internacionales pertinentes". Ni el Ministerio de Relaciones Civiles ni el Ministerio de Relaciones Exteriores han dado razones de peso para esta decisión.
P: Ya comencé el proceso de adopción desde la República Popular China y han identificado a un niño adecuado para mí. ¿Podré continuar el proceso para traer a este niño a Estados Unidos?
R: No. La República Popular China ha terminado de procesar los casos con autorizaciones de viaje emitidas previamente. A menos que cumpla con una excepción, la República Popular China no continuará el procesamiento de casos que no se hayan completado al 28 de agosto de 2024. El Departamento de Estado continúa abogando para que los casos de adopción pendientes que involucran a familias estadounidenses se procesen hasta su finalización. Sin embargo, no está claro si la República Popular China finalmente permitirá que alguno de estos casos continúe.
P: Ya comencé el proceso de adopción desde República Popular China. ¿Puedo cambiar mi aprobación de idoneidad para buscar la adopción de un niño de un país diferente ahora?
R: Sí. Si ya ha presentado o si aún tiene una aprobación válida de un Formulario I-800A, Solicitud de Determinación de Idoneidad para Adoptar a un Niño de un País del Convenio, que especifica a la República Popular China como el país del que intenta adoptar, se le permite solicitar un cambio de país del Convenio de La Haya por medio del Formulario I-800A, Suplemento 3. Por favor, visite la página Cambio de País para obtener más información. Su primera y segunda solicitud para cambiar de país del Convenio de La Haya no requieren el pago de una tarifa de presentación. Hay una tarifa de presentación para la tercera solicitud de cambio de país y las subsiguientes. Puede encontrar la tarifa de presentación del Formulario I-800A, Suplemento 3, visitando nuestra página Lista de Tarifas.
P: Ya comencé el proceso de adopción desde la República Popular China. ¿Puedo adoptar a un niño de un país que no pertenece al Convenio de La Haya?
R: Si presentó el Formulario I-800A y en su lugar desea solicitar una adopción desde un país que no es parte del Convenio de La Haya, debe presentar un nuevo Formulario I-600A o un Formulario I-600 presentado simultáneamente (o combinado) con una tarifa para cambiar al proceso no relacionado con el Convenio de La Haya. Por favor, visite la página Cambio de País para obtener más información.
P: Soy un ciudadano estadounidense y vivo actualmente en la República Popular China. ¿Puedo adoptar mientras vivo aquí?
R: Hay una excepción para los extranjeros que adoptan hijastros o hijos de "familiares colaterales" dentro de 3 generaciones en la República Popular China, como se describió anteriormente. Si cumple con esta excepción, puede ser elegible para adoptar desde República Popular China, si cumple con otros requisitos de elegibilidad del Convenio de La Haya Sobre Adopción.
P: Dado que la República Popular China ya no está procesando adopciones internacionales, ¿USCIS también dejará de procesar formularios de adopciones internacionales para República Popular China?
R: No. Continuamos aceptando y procesando el Formulario I-800A, Solicitud de Determinación de Idoneidad para Adoptar a un Niño de un País del Convenio; Formulario I-800, Petición para Clasificar a un Adoptado del Convenio como Familiar Inmediato;el Formulario I-800A, Suplemento 3, Solicitud de Acción sobre el Formulario I-800A Aprobado, presentado por posibles padres adoptivos que tienen la intención de adoptar niños de la República Popular República Popular China. Sin embargo, a menos que cumpla con las excepciones detalladas anteriormente, es posible que no pueda completar el proceso de adopción internacional en la República Popular China. Las autoridades de la República Popular China han indicado que los departamentos de asuntos civiles a través de la República ya no trabajarán en las adopciones internacionales.
P: Dado que la República Popular China ya no procesa adopciones internacionales, ¿puedo recibir un reembolso de USCIS por mis tarifas de presentación?
R: Las tarifas presentadas a USCIS generalmente no son reembolsables, independientemente de la decisión final sobre la solicitud de beneficio o cuánto tiempo se tarde en emitir una decisión. Si presentó un Formulario I-800A Solicitud de Determinación de Idoneidad para Adoptar a un Niño de un País del Convenio, puede presentar una solicitud para cambiar a otro país del Convenio sin cargo.
P: ¿Puedo retirar mi solicitud o petición? ¿Cómo lo hago?;
R: Sí. Un posible padre adoptivo o su abogado o representante acreditado registrado puede retirar su solicitud o petición en cualquier momento hasta que un niño sea admitido en Estados Unidos. Envíe una solicitud por escrito a USCIS para retirar su solicitud. Tenga en cuenta que no reembolsamos las tarifas de los retiros. Sin embargo, puede presentar una primera o segunda solicitud de cambio de país exenta de tarifas si desea solicitar una adopción en otro país del Convenio de La Haya.
Para obtener más información específica sobre cada país, consulte la página de información sobre el país de adopción internacional del Departamento de Estado o comuníquese con su agencia de adopción individual.