12.0 Instrucciones para Reclutadores y Agentes Agrícolas a Cambio de una Pago
Según INA, es ilegal que una asociación agrícola, un empleador agrícola o un contratista de trabajo agrícola contrate, reclute o recomiende a cambio de pago a una persona para que trabaje en Estados Unidos sin cumplir con los requisitos de verificación de elegibilidad de empleo. Esta disposición aplica a las asociaciones agrícolas, los empleadores agrícolas y los contratistas de mano de obra agrícola que reclutan personas a cambio de pago, y aquellos que refieren personas o proporcionan documentos o información sobre personas a los empleadores a cambio de pago.
“Reclutador o contratista que refiere por pago” se limita a asociaciones agrícolas, empleadores agrícolas o contratistas de mano de obra agrícola como se define en la Sección 3 de la Ley de Protección de Trabajadores Agrícolas Migratorios y de Temporada, Pub. L. 97-470 (29 U.S.C. 1802).
Esta clase limitada de reclutadores y contratistas por pago debe completar el Formulario I-9 cuando contrata a la persona a la que refieren. Usted y el empleado deben completar el Formulario I-9 en su totalidad dentro de tres días laborales posteriores a la fecha en que comienza el empleo o, en el caso de una persona contratada por menos de tres días laborales, en el momento en que comienza el empleo.
Los reclutadores y los contratistas que refieren por pago pueden designar agentes, como asociaciones nacionales o empleadores, para completar los procedimientos de verificación en su nombre. Si lo designan como agente, debe proporcionarle al reclutador o contratista una copia (o imagen electrónica) del Formulario I-9. Sin embargo, los reclutadores y contratistas a cambio de pago siguen siendo responsables de cumplir con la ley y pueden ser considerados responsables de infracciones de la ley.
Los reclutadores y contratistas que refieren a cambio de pago deben tener un Formulario I-9 para cada persona que recluten o refieren, y que esté en la nómina de un empleador. El Formulario I-9 debe conservarse durante tres años después de que la persona deja de trabajar para el empleador. También deben tener el Formulario I-9 disponible para que lo inspeccione un oficial de DHS, DOL o IER.
Si DHS o DOL sospechan que usted ha violado los requisitos de verificación de elegibilidad de empleo, pueden obtener órdenes judiciales basadas en causa probable para ingresar a sus instalaciones sin previo aviso.
Las sanciones por no cumplir con los requisitos del Formulario I-9 y por exigir compensación aplican a esta clase limitada de reclutadores y contratistas que refieren por pago. Todos los reclutadores y contratistas que refieren por pago siguen siendo responsables de reclutar o referir a cambio de pago a personas que no son ciudadanas y que no están autorizadas a trabajar en Estados Unidos.