Visas de No Inmigrantes K-3 y K-4
Si usted es ciudadano estadounidense y presentó un Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero para su cónyuge extranjero que se encuentra fuera de Estados Unidos, también puede presentar un Formulario I-129F, Petición para Prometido(a) Extranjero (a) para que su cónyuge y los hijos de este obtengan visas K-3 y K-4 de no inmigrante para venir a Estados Unidos a esperar el procesamiento de su Formulario I-130. Actualmente, los tiempos de procesamiento para el Formulario I-129F son comparables con los del Formulario I-130
Una vez se apruebe el Formulario I-130, los beneficiarios ya no serán elegibles para una visa de no inmigrante K-3 y K-4, por lo que el Departamento de Estado raramente expide visas K-3 y K-4. Para comparar los tiempos de procesamiento de ambos formularios, visite la página Verifique los Tiempos de Procesamiento de Casos.
Si usted es ciudadano estadounidense, su cónyuge extranjero puede ser elegible a una visa K-3 si:
- Está casado con usted;
- Es el beneficiario de un Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero que usted presentó para este; y
- Busca ingresar a Estados Unidos para esperar la decisión de USCIS sobre el Formulario I-130.
Un hijo o hija de su cónyuge extranjero puede ser elegible a una visa K-4 si es:
- Menor de 21 años de edad;
- Soltero(a); y
- El hijo o hija del solicitante de visa K-3.
Para obtener una visa K-3 para su cónyuge, usted (el ciudadano estadounidense) primero debe presentar dos peticiones ante USCIS:
- Formulario I-130, Petición de Familiar Extranjero: Presente el Formulario I-130 en la dirección de USCIS correcta. Para encontrar la dirección correcta, vaya a la sección "Dónde Presentar la Solicitud" en la página del Formulario I-130. Luego recibirá un Formulario I-797, Notificación de Acción, que indica que USCIS recibió su Formulario I-130.
- Formulario I-129F, Petición de Prometido o Prometida Extranjero (a): Presente el Formulario I-129F en la dirección de USCIS correcta. Para encontrar la dirección correcta, vaya a la sección "Dónde Presentar su Solicitud" en la página del Formulario I-129F. Puede presentar el Formulario I-129F al mismo tiempo o después de presentar el Formulario I-130. Si presenta el Formulario I-129F después de presentar el Formulario I-130, incluya una copia del Formulario I-797, Notificación de Acción, para demostrar que USCIS recibió su Formulario I-130. No hay tarifa si presenta un Formulario I-129F para que un cónyuge obtenga una visa K-3.
Para obtener una visa K-4 para los hijos de su cónyuge, no es necesario que usted presente un Formulario I-129F o un Formulario I-130 por separado. Debe incluir a los hijos de su cónyuge en el Formulario I-129F que presentó para su cónyuge.
Sin embargo, tenga en cuenta que, usted debe presentar un Formulario I-130 por separado para los hijos de su cónyuge antes de que estos puedan solicitar una tarjeta de residente permanente. Para que usted pueda crear una relación elegible de padrastro / hijastro, el menor debe haber tenido menos de 18 años cuando usted y su cónyuge contrajeron matrimonio.
Si USCIS Aprueba el Formulario I-130 Primero o al Mismo Tiempo que el Formulario I-129F
Si USCIS aprueba su Formulario I-130 antes o al mismo tiempo que su Formulario I-129F, su cónyuge y los hijos de este ya no necesitarán una visa K-3 o K-4. Esto ocurre en la mayoría de los casos. Cuando el Formulario I-130 aprobado para su cónyuge llegue al Departamento de Estado, una visa de inmigrante está inmediatamente disponible para este. Su cónyuge y sus hijos entonces deben solicitar visas de inmigrante y solicitar la admisión a Estados Unidos como residentes permanentes legales.
Debido a que las visas de no inmigrante K-3 y K-4 ya no están disponibles para su cónyuge y los hijos de este, el menor K-4 no podrá inmigrar con su cónyuge a menos que el menor tenga un Formulario I-130 aprobado en el Departamento de Estado en ese momento.
Si USCIS Aprueba el Formulario I-129F Primero
Si su Formulario I-129F es aprobado antes que su Formulario I-130, USCIS enviará su petición al Departamento de Estado. Para recibir una visa K-3 o K-4, su cónyuge debe presentar una solicitud de visa de no inmigrante ante el Departamento de Estado. Su cónyuge no necesita presentar el Formulario I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico al solicitar la visa K-3 o K-4, pero deberá proporcionar evidencia que demuestre que no se convertirá en un cargo público mientras se encuentre en Estados Unidos. Para obtener más información sobre el proceso de solicitud de visa, consulte la página web Visa de No Inmigrante para Cónyuge (K-3) del Departamento de Estado.
Si a usted se le otorga una visa K-3, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) lo admitirá por un período de 2 años. Por lo general, no puede cambiar su estatus en EE. UU. a otra categoría de visa de no inmigrante.
Si se le concede una visa K-4, DHS lo admitirá por un período de 2 años o hasta el día antes de cumplir 21 años, lo que sea más corto. Su estatus caducará cuando cumpla 21 años. Por lo general, no puede cambiar su estatus en Estados Unidos a otra categoría de visa de no inmigrante.
Extensión de Estadía
Si usted tiene una visa K-3 o K-4, puede presentar un Formulario I-539, Solicitud de Extensión o Cambio de Estatus de No Inmigrante a USCIS dentro de 120 días antes de que expire su estadía autorizada. Para ser elegible a una extensión de la estadía, debe demostrar:
- Que un Formulario I-130, un Formulario I-485 o una solicitud de visa de inmigrante aún está pendiente, o
- Una buena razón por la cual no presentó un Formulario I-485 o una solicitud de visa de inmigrante luego de que USCIS aprobara el Formulario I-130 presentado para usted.
Si tiene una visa K-4, debe presentar su solicitud de extensión junto con la solicitud de extensión de estatus K-3 de su padre o madre.
USCIS otorga extensiones de estadía para titulares de visas K-3 y K-4 en incrementos de 2 años.
Si usted es admitido en Estados Unidos con una visa K-3 o K-4, se le autoriza automáticamente a trabajar en función de su estatus. Para obtener evidencia de su autorización de empleo, puede presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo en cualquier momento después de ser admitido a Estados Unidos. Alternativamente, puede presentar una solicitud de tarjeta de residemnte (conocida comúnmente como Green Card o Tarjeta Verde) y luego solicitar una autorización de empleo basada en esa solicitud pendiente incluso si su estatus de no inmigrante K-3 o K-4 expira.
Documento de Viaje
Los titulares de visad K-3 y K-4 pueden viajar temporalmente fuera de Estados Unidos. Cuando regrese de su viaje temporal al extranjero, puede usar su visa K-3 o K-4 para solicitar admisión a Estados Unidos. No necesita un documento de viaje adelantado a menos que su visa K-3 o K-4 expire cuando regrese a Estados Unidos y tiene un Formulario I-485 pendiente. En este caso, el documento de viaje anticipado debe ser aprobado antes de que usted salga de Estados Unidos.
Los titulares de visas K-3 y K-4 deben tener un Formulario I-130 aprobado para ser elegibles para una tarjeta de residente permanente para convertirse en residentes permanente legales. Puede solicitar una tarjeta de residente permanente en cualquier momento (incluso mientras el Formulario I-130 esté pendiente) presentando el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus. Si tiene una visa K-3, solo puede solicitar una tarjeta de residente permanente basada en su matrimonio con el cónyuge ciudadano estadounidense que solicitó su estatus K-3.
Si tiene una visa K-4, solo puede solicitar una tarjeta de residente permanente basada en la relación padrastro o madrastra /hijastro(a) creada cuando su padre o madre K-3 contrajo matrimonio con el ciudadano estadounidense que solicitó su visa K-4. También puede beneficiarse de ciertas protecciones sobre cumplir la edad máxima bajo la Ley de Protección del Estatus del Menor (CSPA). Para obtener más información sobre CSPA, consulte la página web de la Ley de Protección del Estatus del Menor.
Para obtener más información sobre cómo solicitar una tarjeta de residente permanente, consulte la página web Residencia Permanente para Familiares Inmediatos Ciudadanos de EE. UU.
Residencia Permanente Condicional
Si USCIS aprueba su Formulario I-485, recibirá una tarjeta de residente permanente. Si es un titular de visa K-3 y ha estado casado con su cónyuge ciudadano estadounidense durante al menos 2 años cuando USCIS apruebe su Formulario I-485, su tarjeta de residente permanente tendrá una validez de 10 años.
Sin embargo, si usted ha estado casado con su cónyuge ciudadano estadounidense durante menos de 2 años al momento en que USCIS apruebe su Formulario I-485, usted y cualquier hijo K-4 se convertirá en residente permanente condicional. Esto significa que la tarjeta de residencia permanente que usted y sus hijos recibirán será válida por dos años. Para eliminar las condiciones de residencia, usted (y sus hijos) y su cónyuge ciudadano estadounidense deben presentar un Formulario I-751, Petición para Cancelar las Condiciones de Residencia, dentro de los 90 días antes de que caduque su tarjeta de residente permanente. Para obtener más información, consulte la página web Residencia Permanente Condicional.
Si usted tiene una visa K-3, su estadía autorizada en Estados Unidos termina automáticamente 30 días después de cualquiera de los siguientes eventos:
- USCIS deniega o revoca el Formulario I-130 presentado para usted;
- USCIS deniega su Formulario I-485;
- El Departamento de Estado deniega su solicitud de visa de inmigrante según el Formulario I-130, o
- Su matrimonio con el solicitante ciudadano estadounidense termina a través del divorcio o la anulación antes de que usted se convierta en un residente permanente legal.
Si usted tiene una visa K-4, su estadía autorizada en Estados Unidos se cancela automáticamente 30 días después de cualquiera de los siguientes eventos:
- Se termina el estatus K-3 de su padre o madre;
- USCIS deniega o revoca el Formulario I-130 presentado para usted;
- USCIS deniega su Formulario I-485;
- El Departamento de Estado deniega su solicitud de visa de inmigrante basada en el Formulario I-130;
- Tiene 21 años de edad; o
- Usted se casa antes de convertirse en un residente permanente legal.
Si usted cree que está en un matrimonio forzado, está en riesgo de un matrimonio forzado o está siendo obligado a solicitar beneficios para un cónyuge, visite nuestra página de Matrimonio Forzado para conocer las opciones disponibles para usted.
Referencias Legales
Para obtener más información, consulte lo siguiente:
- INA 101(a)(15)(K) – Definición de No Inmigrantes K
- INA 214 – Admisión de No Inmigrantes K
- INA 216 – Residencia Permanente Condicional
- INA 245 – Ajuste de Estatus de No Inmigrante al de persona Admitida para Residencia Permanente
- 8 CFR 214.2(k) – Cónyuges y prometidos de ciudadanos estadounidenses
- 8 CFR 245 – Ajuste de Estatus al de Persona Admitida para Residencia Permanente
- 8 CFR 274a.12– Clases de Extranjeros Autorizados para Aceptar EmpleoEnlaces Relacionados
Para obtener más información, consulte lo siguiente:
- INA 101(a)(15)(K) – Definition of K nonimmigrants
- INA 214 – Admission of Nonimmigrants
- INA 216 – Conditional Permanent Residence
- INA 245 – Adjustment of Status of Nonimmigrant to that of Person Admitted for Permanent Residence
- 8 CFR 214.2(k) – Spouses, fiancées, and fiancés of U.S. citizens
- 8 CFR 245 – Adjustment of Status to that of Person Admitted for Permanent Residence
- 8 CFR 274a.12– Classes of Aliens Authorized to Accept Employment
Información Adicional
- ¿Cómo Ayudo a mi Familiar a Convertirse en Residente Permanente?
- ¿Cómo Ayudo a mi Prometido(a) a Convertirse en Residente Permanente?
- Ciudadanía
- Pasaportes
Formularios
- Formulario I-130, Petición para Familiar Extranjero
- Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus
- Formulario, I-864, Declaración Jurada de Patrocinio Económico
- Formulario I-129F, Petición de Prometido Extranjero
- Formularios Basados en la Familia
Otros Enlaces de USCIS
- Información sobre los Derechos Legales Disponibles para Inmigrantes Víctimas de Violencia Doméstica en Estados Unidos y Hoja Informativa sobre Inmigración basada en el Matrimonio
- Tarjeta de Residente Permanente para un Familar de un Ciudadano Estadounidense
- Tarjeta de Residente Permanente para un Familiar Inmediato de un Ciudadano Estadounidense
- Disponibilidad de Visas y Fechas de Prioridad