Sugerencias para la Petición de Revisión de Denegación de Estatus de Refugiado
No existe un proceso de apelación para una denegación de una solicitud de estatus de refugiado. Sin embargo, USCIS puede ejercer su criterio para revisar un caso si recibimos una Petición de Revisión (RFR) de manera oportuna, de parte del solicitante principal (o un tercero, si el solicitante principal renuncia a su derecho de confidencialidad). La petición debe incluir uno o ambos de los siguientes:
- Una explicación detallada de un error significativo cometido por el oficial adjudicador y/o
- Nueva información que amerite un cambio en la decisión.
Por lo general, USCIS solo aceptará UNA PETICIÓN que esté matasellada o sea recibida en la localidad de presentación designada del Centro de Apoyo en Reasentamiento (RSC) dentro de los 90 días a partir de la fecha de la notificación de denegación. Usted puede encontrar información acerca de dónde presentar la solicitud en la sección ¿Dónde Presentar mi Petición? a continuación.
La siguiente información es MUY IMPORTANTE, así que por favor, siga las instrucciones cuidadosamente.
- Usted debe incluir su número de caso del Centro de Apoyo en Reasentamiento (RSC, por sus siglas en inglés), antes conocido como número de caso de OPE (Overseas Processing Entity) en CADA página que presente.
- La petición de reconsideración debe contener una dirección completa a dónde enviarle la respuesta a su RFR (no solamente un número telefónico o una dirección de correo electrónica).
- La petición RFR debe ser presentada en inglés. Cualquier documento de evidencia presentado junto a la petición debe ser igualmente traducido al inglés.
- Los solicitantes principales pueden buscar ayuda de otros individuos, organizaciones o abogados cuando estén preparando un RFR. Si alguien le ayuda a completar su petición de revisión, debe incluir en el RFR el nombre del individuo, organización o abogado que provee la asistencia, así como su relación con el solicitante. Todas las peticiones deben ser firmadas por el solicitante principal con su firma original de puño y letra.
- La información acerca de un caso de refugiado no será compartida con nadie más que el solicitante principal. Por lo tanto, si un abogado está presentando un RFR a nombre suyo, debe entonces llenar y presentar también un formulario G-28, Notificación de Presentación como Abogado o Representante Acreditado. Si otra persona que no es ni abogado ni representante acreditado está presentando el RFR a nombre suyo, usted debe proveer una carta estableciendo que renuncia a su derecho de confidencialidad junto a los demás documentos.
- El RFR debe explicar la razón o razones por las que la petición fue denegada inicialmente. The RFR should address the reason(s) you were denied. Para poder determinar las razones para la denegación, lea cuidadosamente la carta en la que se le notificó la decisión o pídale a un oficial de RSC que se la explique en detalle.
- Si cree que se ha cometido algún error durante el proceso de decisión, usted debe presentar una descripción detallada del mismo. Si tiene nueva información que proveer, debe asegurarse de que la misma contenga suficientes detalles como para permitirle al oficial llegar a una decisión en su caso. Si la nueva información contiene detalles sobre situaciones ocurridas antes de que tuviese su entrevista con USCIS, entonces debe incluir una explicación de las razones que tuvo para no ofrecer la misma durante la entrevista inicial.
- El RFR debe presentarse dentro del tiempo lίmite establecido, o sea, dentro de los primeros 90 días luego de la fecha de la decisión (vea la fecha en la notificación de rechazo). Si el RFR no se presenta dentro de esos 90 días, usted debe proveer una explicación acerca de por qué está radicando tarde.
- Usted puede enviar por correo su RFR o entregarlo directamente al RSC. Verifique la tabla de la región bajo la sección ¿Dónde presento mi RFR? para encontrar la información de contacto del RSC para su país.
- Su RFR será revisado, pero el tiempo que toma el proceso de revisión puede variar dependiendo del lugar donde fue radicado.
La respuesta a su RFR le será enviada siguiendo los procedimientos establecidos. Usualmente esto se hace por medio del RSC, de representantes locales del Comisionado del Refugiado de las Naciones Unidas (UNHCR, por sus siglas en inglés), la Organización Internacional de Inmigración (IOM, por sus siglas en inglés) o enviándosela por correo a la dirección que proveyó en la petición. Si cambia de dirección, usted tiene la responsabilidad de notificar a USCIS para que su respuesta se envíe a la dirección correcta.
- Tal vez sea bueno que su RFR sea revisado y corregido por alguien que lea y escriba inglés correctamente.
- Es conveniente que presente su RFR escrito a máquina para que resulte fácil de leer. Si esto no es posible, por favor, asegúrese de que la letra escrita sea legible. Si el personal de USCIS no puede leer lo que está escrito a mano, el RFR será rechazado y devuelto.
- No presente más de un RFR, porque sólo el primero será revisado.
- No hay un lίmite en la cantidad de páginas de un RFR. Sin embargo, el RFR debe abordar específicamente la razón para la denegación y explicar por qué usted piensa que la decisión es incorrecta y/o explicar de qué manera la nueva evidencia establecerá que usted es elegible al estatus de refugiado. No presente información adicional que no sea relevante al caso, ya que esto podría hacer que la revisión tome más tiempo.
- Usted no debe proveer información general de trasfondo, condiciones del país o informes de situación en su RFR. Los documentos adicionales tales como informes de derechos humanos por parte de organizaciones reconocidas o recortes de noticias aparecidas en periódicos pueden presentarse solamente si son relevantes a su caso. Por ejemplo, si su nombre es mencionado específicamente o si se describe un incidente en el que usted estuvo involucrado, entonces sί podrá utilizarla.
- Si usted desea presentar evidencia de ADN en su petición de revisión, entonces debe seguir ciertos procedimientos establecidos. Por favor, consulte con su RSC cuáles son los procedimientos que debe seguir en el sitio donde se encuentra si desea presentar su ADN.
- A menos que se le pida específicamente en la carta de decisión, usted no tiene que presentar documentos adicionales tales como informes policiales, récords de hospital o certificados de matrimonio o de nacimiento para sustentar su petición. En los casos donde se requiera documentación específica, USCIS se lo comunicará en la carta de decisión.
- Cuando USCIS llega a una decisión en torno a su RFR, el resultado es uno de los siguientes tres: se le concede su petición; se le pide que comparezca a otra entrevista, o simplemente no se le concede la petición, lo que significa que la denegación no será revocada. En algunos casos, puede que se le pida evidencia adicional por escrito antes de llegar a la decisión final. Usted recibirá la notificación final por parte del USCIS respecto a su RFR por escrito.
A partir del 1 de octubre de 2019, las oficinas internacionales de USCIS no aceptan RFR del Formulario I-590, Registro para Clasificación como Refugiado. Usted debe enviar un RFR directamente con el Centro de Apoyo en Reasentamiento (RSC) que tiene jurisdicción sobre su caso I-590.
País | Información de Contacto |
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| Resettlement Support Center Africa P.O. Box 14176-00800 Correo electrónico: case@CWSAfrica.org |
| Resettlement Support Center 47C Abu el Feda Street Visite www.jordan.iom.int/refinfo/ para programar una cita en persona en El Cairo, Egypt. |
País | Información de Contacto |
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| Resettlement Support Center 888/213-217 Mahatun Plaza, 2nd Floor Teléfono: +66 2 253 6519-27 |
| Resettlement Support Center 1, San Martin Marg, Chanakyapuri, Teléfono para programar una cita: +91 9811739216 |
| Resettlement Support Center 570 Jalan Bukit Petaling Teléfono: +603 2141 1769 |
País | Información de Contacto |
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| Resettlement Support Center 8 Mykhailivska Street Teléfono: +380 44 5685020 |
| Resettlement Support Center (Dirección postal y física, utilizada también para envíos): Gudrunstrasse 184 Teléfono: +43 720 343 795 Correo electrónico: concerns@hias-vienna.at (también puede utilizarlo para RFR) |
| Resettlement Support Center HIAS (Suboficina de Israel) 1 Zeitlin Street, 5th Floor Teléfono: +972 547 330 396 Correo electrónico: concerns@hias-vienna.at (también puede usarlo para RFR) |
| International Organization for Migration (IOM) Dirección de correo electrónico para enviar solicitudes: IC@iom.int Direcciones de mensajerías: (TNT, FedEx, DHL, etc.): Dirección Postal: Presentar en persona: Visite www.jordan.iom.int/refinfo/ para programar una cita en persona en Amán, Jordania. |
| Resettlement Support Center Olivetti Building/Achrafieh 1020 1st Floor Correo electrónico: info.rsc@icmc.net |
| Resettlement Support Center Kore Sehitleri Cad. Correo electrónico: info.rsc@icmc.net |
País | Información de Contacto |
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| Resettlement Support Center Urbanización Madreselva, Pasaje H, Edificio #5 Teléfono: (+503) 25210500 Correo electrónico: icla@iom.int |
| Resettlement Support Center Av. Mariana de Jesús OE7-02 y Nuño de Valderrama Teléfono: (+593) (2) 3934400 Correo electrónico: icla@iom.int |
| Resettlement Support Center Sexta Av., 16-24, Zona 10 Teléfono: (+502) 2305-3000 Correo electrónico: icla@iom.int |
| Resettlement Support Center Colonia Palmira, Calle Republica de Brasil, Bloque 3 Teléfono: (+504) 22377460. Correo electrónico: icla@iom.int |
- Flujograma de USRAP (PDF, 279.73 KB) (en inglés)
- Consultas y Prioridades de Procesamiento Mundial de USRAP
- Determinación de Elegibilidad como Refugiado
- Procesamiento e Investigaciones de Seguridad de Refugiados
- Sugerencias para la Petición de Revisión de Denegación de Estatus de Refugiado
- Preguntas y Respuestas: Refugiados
- Menores Centroamericanos - CAM
- Ley de Inmigración y Nacionalidad
- USCIS les da la Bienvenida a Refugiados y Asilados (PDF, 686.31 KB) (en inglés)
Formularios
- I-730, Petición de Familiar Refugiado/Asilado
- I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus
- I-765, Solicitud de Autorización de Empleo
Otros Enlaces de USCIS
- ¿Cómo Obtengo un Documento de Viaje de Refugiado? (PDF, 624.26 KB)
- Tarjeta de Residente Permanente para Refugiados
- Categorías de Elegibilidad a la Residencia Permanente
- ¿Cómo le Demuestro a mi Empleador que Estoy Autorizado para Trabajar en EE. UU.? (PDF, 621.99 KB)
- Familiares de Refugiados y Asilados
Enlaces Externos
- Determinación Presidencial sobre Admisiones de Refugiados para el Año Fiscal 2021 (en inglés)
- Informe del Departamento de Estado de Estados Unidos al Congreso: Admisiones de Refugiados Propuestas para el Año Fiscal 2021 (en inglés)
- Departamento de Estado: Estadísticas sobre Admisiones de Refugiados
- Mejoras en los Procesos de Seguridad para Refugiados que Entran a Estados Unidos, 24 de octubre de 2017