Requisitos de documentación adicionales
Algunas personas que presentan un Documento de la Lista A, como ciertos estudiantes no inmigrantes y visitantes de intercambio, deben presentar documentación adicional para demostrar su autorización de trabajo en EE.UU.
Estudiantes extranjeros en Estatus de No Inmigrante F-1 Participando en Formación Práctico Curricular
La formación práctica curricular permite a los estudiantes F-1 aceptar trabajos alternos de estudio y trabajo remunerados, internado, educación cooperativa o cualquier otro tipo de internado o práctica requerida que los empleadores ofrezcan a través de acuerdos de cooperación con la escuela del estudiante. La formación debe estar relacionada con el área de estudio del estudiante. Un estudiante puede comenzar formación práctica curricular después de que el funcionario designado de la escuela haya completado la página de autorización del Formulario I-20, Certificado de Elegibilidad al Estatus de Estudiante No Inmigrante. El Formulario I-20 endosado por el funcionario escolar designado, junto con el Formulario I-94/94A del estudiante indicando el estatus de no inmigrante F-1, es evidencia de autorización de empleo.
Para los propósitos del Formulario I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo la combinación de los siguientes documentos se considera un documento de la Lista A, que evidencia tanto la identidad como la autorización de empleo:
- Pasaporte extranjero no expirado
- Formulario I-20 con el autorización para empleo del funcionario escolar designado
- Formulario I-94 o I-94A, Registro de Entrada-Salida indicando el estatus F-1
En la Sección 2 del Formulario I-9, el empleador debe proveer la información del pasaporte extranjero en el primer área y la información del I-94 en la segunda área en la columna de la Lista A. Escriba la información del Formulario I-20, que incluye el número y fecha de expiración del Sistema de Información de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS por sus siglas en inglés) en la tercera área de la columna de la Lista A. Vea las instrucciones del formulario para requisitos específicos para proveer información en cada campo.
Visitantes de Intercambio J-1
Los visitantes de intercambio J-1 (por ejemplo, maestros, profesores, consejeros de campamentos de verano, viajeros de trabajo de verano, au pairs) pueden trabajar legalmente en EE.UU. si el trabajo es parte de su programa aprobado o si reciben permiso para trabajar por parte del patrocinador oficial del programa.
Los visitantes del intercambio J-1 reciben varios documentos relacionados a sus programas. Para propósitos del Formulario I-9, la combinación de los siguientes documentos es considerado un documento de la Lista A, que evidencia tanto la identidad como la autorización de empleo:
- Pasaporte extranjero no expirado
- Formulario DS-2019 (Los visitantes de intercambio J-1 no pueden trabajar después de la fecha de finalización del programa en este formulario.)
- Formulario I-94 o I-94A indicando el estatus J-1
- Una carta u otra documentación del Oficial Responsable en el caso de un estudiante no inmigrante J-1.
En la Sección 2 del Formulario I-9, el empleador debe proveer la información del pasaporte extranjero en el primer área y la información del I-94 en la segunda área en la columna de la Lista A. Escriba la información del Formulario DS-2019, que incluye el número SEVIS y la fecha de expiración (es decir, la fecha de finalización del programa) en la tercera área en la columna de la Lista A. Para los estudiantes no inmigrantes J-1, también tenga en cuenta la documentación del Oficial Responsable en el encasillado "Información Adicional" en la Sección 2.