Guías Para que Ciertos Ciudadanos Afganos Mantengan el Permiso de Permanencia Temporal y la Autorización de Empleo Hasta por Dos Años
El 8 de junio de 2023, el Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos. (DHS) anunció las guías para que ciertos ciudadanos afganos mantengan el permiso de permanencia temporal y la autorización de empleo hasta por dos años.
Proceso 1:
Ciertos ciudadanos afganos pueden solicitar un nuevo período de permiso de permanencia temporal, o la renovación del permiso (Re-Parole), y autorización de empleo hasta por dos años a través de un nuevo proceso de solicitud simplificado y exento de tarifas. Los ciudadanos afganos pueden presentar su solicitud en línea o en formato impreso presentando ante USCIS el Formulario I-131, Solicitud de Documentos de Viaje, Documentos de Permisos de Permanencia Temporal, Registros de Entrada/Salida, que se encuentra en uscis.gov/es/i-131.
Proceso 2:
Los afganos con permiso de permanencia temporal elegibles con las siguientes solicitudes pendientes ante USCIS serán considerados caso por caso para una extensión de su permiso de permanencia temporal inicial y la autorización de empleo hasta por dos años, sin necesidad de presentar un Formulario I-131 para solicitar un nuevo permiso de permanencia temporal.
- Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajustar Estatus (uscis.gov/es/i-485)
- Formulario I-589, Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción (uscis.gov/es/i-589 )
AVISO: Los empleadores deben permitir que sus empleados presenten documentación aceptable del Formulario I-9 de su elección según la guía de la siguiente tabla. Tanto durante la verificación inicial como durante la reverificación, un trabajador puede elegir qué documentación presentar de la Lista de Documentos Aceptables.
Si una persona afgana con permiso de permanencia temporal tiene una clase de admisión OAR o PAR y su período de permanencia está vigente, entonces está autorizado a trabajar como consecuencia de su permiso. El Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida, de aquellos con clase de admisión PAR debe indicar Afganistán como el país de ciudadanía. Una vez que a un ciudadano afgano elegible se le aprueba un nuevo período de permiso de permanencia temporal a través del proceso simplificado de solicitud del nuevo permiso de permanencia temporal o se le extiende su permiso inicial, puede continuar o comenzar a trabajar inmediatamente después de la aprobación de su permiso de permanencia temporal.
Utilice la tabla a continuación para saber los documentos aceptables que los empleados afganos pueden presentar para verificar su identidad y autorización de empleo para efectos del Formulario I-9, Verificación de Elegibilidad de Empleo.
Los afganos con permiso de permanencia temporal que tienen un EAD con categoría C11 y a quienes se les ha concedido una extensión del permiso de permanencia temporal inicial y la autorización de empleo pueden presentar el Formulario I-797C, Notificación de Acción, junto con su EAD C11 vencido como un documento aceptable de la Lista A, que es evidencia de autorización de identidad y empleo para completar el Formulario I-9. La notificación del Formulario I-797C extiende la validez de su EAD C11 vencido, si lo tiene. USCIS no enviará automáticamente otro EAD, porque no es necesario un EAD actualizado para establecer la autorización de empleo.
A mi empleado se le otorgó un nuevo permiso de permanencia temporal bajo el proceso simplificado de solicitud exenta de tarifas (Proceso 1) | A mi empleado se le otorgó una extensión del permiso de permanencia temporal inicial (Proceso 2) |
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Un Formulario I-94 vigente es aceptable para demostrar identidad y autorización de empleo para fines del Formulario I-9 por hasta 90 días a partir de la fecha de contratación (o en el caso de una nueva verificación, la fecha en que vence la autorización de empleo). Después del período de 90 días o cuando expire el Formulario I-94, lo que ocurra primero, dichas personas con permiso de permanencia temporal deben presentar un Documento de Autorización de Empleo (EAD) vigente o una combinación de una tarjeta de Seguro Social sin restricciones y un documento de identidad de la Lista B, como un permiso de conducir. licencia o cédula de identidad. Las personas afganas con permiso de permanencia temporal con clases de admisión OAR y PAR no necesitan esperar un EAD para trabajar legalmente en Estados Unidos. Los formularios I-94 con clase de admisión PAR deben indicar Afganistán como país de ciudadanía. Tenga en cuenta que es posible que la tarjeta de Seguro Social sin restricciones de la Lista C no esté disponible para personas que no sean admitidas en Estados Unidos de forma permanente. | Las personas con permiso de permanencia temporal afganas que tienen un EAD con categoría C11 y a quienes se les ha concedido una extensión del permiso de permanencia temporal inicial y la autorización de empleo pueden presentar el Formulario I-797C, Notificación de Acción, junto con su EAD C11 aparentemente vencido como un documento aceptable de la Lista A que es evidencia de identidad y autorización de empleo para completar el Formulario I-9. La notificación del Formulario I-797C extiende la validez de su EAD C11 aparentemente vencido, si lo tiene. USCIS no enviará automáticamente otro EAD físico, porque no es necesario un EAD actualizado para establecer la autorización de empleo. Si su empleado desea un nuevo EAD que coincida con las fechas de su período del permiso de permanencia temporal extendido, o si desea un nuevo EAD basado en un estatus diferente, como tener una solicitud de asilo o ajuste de estatus pendiente, puede solicitar uno que tenga su nueva fecha de vencimiento de EAD presentando ante USCIS un Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, disponible en uscis.gov/i-765. Los afganos a los que se les conceda una extensión del permiso de permanencia temporal pueden imprimir un Formulario I-94 actualizado en https://i94.cbp.dhs.gov. Este Formulario I-94 vigente con una clase de admisión de PAR que indica Afganistán como ciudadanía o una clase de admisión OAR es aceptable para mostrar la identidad y autorización de empleo para propósitos del Formulario I-9 por hasta 90 días a partir de la fecha de contratación (o en el caso de reverificación, la fecha de vencimiento de la autorización de empleo). Si su empleado no recibió su EAD o lo perdió, puede solicitar un reemplazo mediante la presentación del Formulario I-765, disponible en uscis.gov/es/i-765. |
Recursos Útiles
- Visite la página de información de USCIS para ciudadanos afganos uscis.gov/allieswelcome para obtener más información sobre las opciones de inmigración disponibles para ciertos afganos. Visite también la página Proceso de Renovación del Permiso de Permanencia Temporal (Re-Parole) para Ciertos Afganos y nuestra página de Preguntas Frecuentes sobre el Proceso de Renovación del Permiso de Permanencia Temporal para Afganos
- Obtenga más información sobre ciertos afganos con permiso de permanencia temporal que tienen autorización de empleo durante su permiso en uscis.gov/afghan-parolees-employment-authorized.
- Consulte al Lista de Documentos Aceptables para el Formulario I-9 en uscis.gov/es/central-i-9/documentos-aceptables-del-formulario-i-9
- Los empleadores no pueden solicitar documentos diferentes o adicionales a los necesarios para verificar la autorización de empleo y la identidad a base de la ciudadanía, estatus de inmigración u origen nacional de una persona; rechazar documentos que razonablemente parezcan genuinos y estar relacionados con el empleado, o especificar ciertos documentos que el trabajador deberá presentar. El Departamento de Justicia ofrece información importante para empleadores y empleados en justice.gov/crt/immigrant-and-employee-rights-section.
- La Sección de Derechos de Inmigrantes y Empleados (IER) de la División de Derechos Civiles del Departamento de Justicia de Estados Unidos proporciona recursos útiles para garantizar que los empleadores estén conscientes de lo que pueden y no pueden preguntar legalmente a los empleados durante el proceso de contratación, despido y reclutamiento. Para obtener más información, visite justice.gov/crt/immigrant-and-employee-rights-section.
- La Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo de Estados Unidos hace cumplir las leyes federales de igualdad de oportunidades en el empleo que prohíben la discriminación laboral contra solicitantes, empleados y exempleados. Para obtener más información sobre la discriminación en el lugar de trabajo, visite eeoc.gov/overview.