Preguntas y respuestas acerca de VIBE
El Programa de Validación de Instrumentos para Empresas Comerciales (VIBE) es una herramienta diseñada para mejorar las adjudicaciones que hace USCIS de ciertas peticiones y solicitudes de inmigración basadas en el empleo.
VIBE utiliza los datos disponibles comercialmente de parte de un proveedor de información independiente (IIP) para validar información básica sobre empresas u organizaciones que peticionan para emplear ciertos extranjeros y para validar la información básica sobre las empresas u organizaciones listadas en el:
- Formulario I-129, Petición para Trabajador No Inmigrante
- Formulario I-140, Petición de Trabajador Inmigrante Extranjero
- Formulario I-360, Petición para Amerasiático, Viudo(a), o Inmigrante Especial
- Formulario I-485 Supplement J, Confirmación de Oferta Confiable de Empleo para Transferibilidad de Empleo Bajo la Sección 204(j) de INA
Actualmente, Dun and Bradstreet (D&B) es el proveedor de información independiente para el programa VIBE.
Preguntas acerca de VIBE
R1. VIBE es una herramienta basada en web que utiliza los datos disponibles comercialmente para validar información básica sobre empresas u organizaciones que solicitan emplear algunos extranjeros y para validar la información básica sobre las empresas u organizaciones listadas en el Suplemento J del Formulario I-485. El objetivo principal de VIBE es proveer a los funcionarios de USCIS información procedente de una fuente de información independiente que ellos puedan usar para ayudarles a determinar la elegibilidad del peticionario o solicitante.
R1. VIBE es una herramienta basada en web que utiliza los datos disponibles comercialmente para validar información básica sobre empresas u organizaciones que solicitan emplear algunos extranjeros y para validar la información básica sobre las empresas u organizaciones listadas en el Suplemento J del Formulario I-485. El objetivo principal de VIBE es proveer a los funcionarios de USCIS información procedente de una fuente de información independiente que ellos puedan usar para ayudarles a determinar la elegibilidad del peticionario o solicitante.
P2. ¿Qué peticiones o solicitudes están incluidas en VIBE?
R2. VIBE incluye la mayoría de las peticiones basadas en el empleo que son presentadas por empresas u organizaciones y también valida la confiabilidad del empleador cuando algunos solicitantes de peticiones basadas en el empleo solicitan el estatus de residente permanente legal, entre los que se incluyen:
- Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante
- Formulario I-140, Petición de Inmigración para Trabajador Extranjero
- Formulario I-360, Petición de Amerasiático, Viudo(a) o Inmigrante Especial
- Formulario I-485 Suplemento J, Confirmación de una Oferta Confiable de Empleo o Solicitud de Transferibilidad de Empleo Bajo la Sección 204(j) de INA.
Vea www.uscis.gov/es/vibe para obtener una lista completa de las clasificaciones de inmigrante y no inmigrante incluidas en VIBE.
Al momento, no se utiliza VIBE para las siguientes clasificaciones de peticiones basadas en el empleo debido a que tienen requisitos de elegibilidad únicos:
- CW-1, trabajador transicional solo de la Mancomunidad de las Islas Marianas del Norte (CNMI)
- E-2C, inversionistas extranjeros a largo plazo en CNMI
- E11, personas con capacidades extraordinarias
- E21, exenciones por interés nacional
- EB-5, inversionista inmigrante
- O, personas con habilidades o logros extraordinarios (incluido el personal esencial de apoyo)
- P, deportistas y grupos de entretenimiento reconocido internacionalmente, artistas bajo un programa de intercambio recíproco, y artistas o presentadores bajo un programa cultural único (incluido el personal esencial de apoyo).
R3. VIBE provee a los funcionarios de USCIS información sobre las operaciones de la empresa del empleador, incluida información relacionada a:
- Actividades empresariales, tales como un tipo de empresa (código del Sistema de Clasificación de Industrias de Norteamérica), información sobre pagos de tratados comerciales, y estatus (activo o inactivo)
- Prestigio financiero, incluido el volumen de ventas y prestigio crediticio
- Cantidad de empleados, tanto dentro del lugar de la empresa y globalmente
- Relación con otras entidades, incluidas las afiliadas extranjeras
- Tipo de oficina (ejemplos incluyen entidades individuales, sucursales, subsidiarias y oficinas centrales)
- Tipo de entidad legal (por ejemplo, las LLC, sociedades o corporaciones)
- Ejecutivos de la empresa
- Fecha de establecimiento como entidad empresarial
- Dirección física actual.
R4. No. VIBE es una herramienta adicional para uso de los funcionarios de USCIS durante el proceso general de adjudicación. USCIS no denegará una petición basándose únicamente en la información de VIBE ni una solicitud estará basada únicamente en dicha información. USCIS expedirá una Solicitud de Evidencia (RFE) o una Notificación de Intención de Denegación (NOID) si encuentra información derogatoria o contradictoria en VIBE que esté relacionada con el beneficio solicitado y no es superada por la evidencia presentada en la petición o solicitud. USCIS tomará una decisión final basándose en la totalidad de las circunstancias.
R5. El RFE o NOID establecerá claramente que la información del empleador fue verificada en VIBE y describirá la información derogatoria o contradictoria relevante que fue encontrada.
R6. No. Sin embargo, usted puede optar por contactar a D&B para actualizar sus registros para evitar que cualquier solicitud o petición futura reciba un RFE o NOID similar para el asunto relacionado a VIBE en cuestión.
Usted debe responderle a USCIS con la información que se le solicita en el RFE o NOID, independientemente de si opta por actualizar sus registros con D&B.
R7. Sí. Usted debe responderle a USCIS con la información adicional que se le solicita después de recibir un RFE o NOID. Actualizar los registros de su compañía con D&B no sustituye responder el RFE o NOID a USCIS. Si usted no responde directamente a USCIS sobre el RFE o NOID, podríamos denegar su petición o solicitud.
R8. No. No existen tarifas adicionales asociadas con VIBE. Sin embargo, usted tiene que cumplir con todas los demás requisitos de tarifas de la clasificación solicitada. Visite www.uscis.gov/es/tarifas para información adicional sobre nuestras tarifas actuales.
R9. No. VIBE no le requiere presentar documentación adicional. Sin embargo, es importante que usted provea el nombre y la dirección exacta de su empresa en el formulario de USCIS. Esto ayudará a USCIS a parear la información del formulario con la información recibida con VIBE. Si usted incluye en el formulario la información de un abogado o representante autorizado en la sección de Información sobre el Peticionario o en la sección de Información del Empleador, USCIS puede expedirle un RFE.
R10. Sí. Usted tiene que enviar la evidencia con el Formulario I-140 para demostrar la capacidad que tiene la organización para pagar el salario ofrecido desde el momento en que se puso vigente la fecha de prioridad hasta que el beneficiario obtiene el estatus de residente permanente.
Aunque VIBE ayuda a los funcionarios de USCIS mediante la validación independiente de las operaciones de la empresa del empleador, la información proporcionada a USCIS a través de VIBE no sustituye la evidencia requerida para demostrar la capacidad de pago especificada en la reglamentación.
R11. Usar VIBE no cambia las metas de tiempos generales de procesamiento de solicitudes de USCIS siempre que no se identifique información derogatoria o contradictoria. Si encontramos información derogatoria o contradictoria usted puede experimentar un tiempo de procesamiento prolongado debido al tiempo que se toma completar el RFE, NOID o una consulta administrativa. Por otro lado, el uso de VIBE permitirá a USCIS resolver inconsistencias en el registro, lo que reduce potencialmente la necesidad de expedir RFE.
El objetivo de USCIS para usar VIBE es reducir gradualmente los tiempos de procesamiento para la mayoría de las peticiones basadas en el empleo.
Preguntas acerca del proveedor de información independiente de VIBE, Dun and Bradstreet (D&B)
R12. A diciembre de 2011, una compañía o empresa privada con sede en Estados Unidos puede ver, sin costo alguno, los elementos básicos contenidos en su informe de D&B al utilizar el nuevo iUpdate para clientes del gobierno estadounidense.
Ponerse en contacto con D&B a través de este link permitirá a los peticionarios de USCIS procedentes empresas privadas en EE.UU. y a otros clientes del gobierno estadounidense, crear, actualizar y ver el registro de D&B sobre la empresa u organización sin estar sujeto al márquetin directo de D&B.
Al utilizar este proceso para los clientes gubernamentales, D&B debe verificar la identidad personal del usuario y su afiliación con la empresa u organización seleccionada. Se le preguntará a usuarios de iUpdate para clientes del gobierno estadounidense una serie de preguntas breves, basadas en los datos geográficos y demográficos, para autenticar y crear un ID y contraseña. Solo aquellos que tienen acceso al ID y contraseña que usted creó podrán acceder a la información de su empresa u organización.
Para datos adicionales sobre cómo D&B recopila, maneja, comparte y protege la información, por favor revise la política de privacidad en http://www.dnb.com/utility-pages/privacy-policy.html.
Para mantener la precisión de información importante sobre su empresa, D&B requiere que ciertas solicitudes de cambios sean verificadas por un tercero antes de entrarlos al sistema de D&B. Si no se puede confirmar la verificación, la solicitud de cambio de información será denegada. Esta política existe para proteger las empresas u organizaciones de posibles robos de identidad y estafas.
iUpdate para clientes del gobierno estadounidense de D&B no está disponible para empresas basadas en EE.UU. y que cotizan en la bolsa, entidades gubernamentales o compañías extranjeras. Dichas entidades que deseen crear, actualizar o ver sus informes con D&B puede usar www.dnb.com. Las organizaciones que acceden a www.dnb.com pueden estar sujetas a márquetin directo de parte de D&B.
R13. No. No se cobra una tarifa para una empresa u organización para crear un informe con D&B, ver los elementos básicos del informe de D&B o actualizar su información con D&B. USCIS no le exige a un empleador que compre productos o servicios de D&B para asegurarse que su información es precisa, ni USCIS requiere que el empleador pague tarifa alguna para acelerar la creación de un nuevo registro o actualizar un registro existente con D&B. Más aún, el uso de D&B como un IIP para VIBE no constituye de ninguna manera un endoso a D&B o sus servicios.
R14. USCIS no requiere que la información del empleador esté disponible a través de D&B cuando presentan una solicitud o petición con USCIS.
D&B ha desarrollado una secuencia de identificación de 9 dígitos, conocido como Número D U N S® (D U N S® Number), que provee un identificador único para las entidades empresariales individuales mientras que vincula las estructuras de familias corporativas. Usted puede solicitar un Número D U N S® (D U N S® Number) de parte de D&B si usted encuentra que la firma aún no tiene información sobre su empresa u organización. Sin embargo, USCIS no requiere que los empleados tengan un D U N S® Number o incluya un Número D U N S® (D U N S® Number) cuando presenta solicitudes o peticiones con USCIS.
Es importante destacar que USCIS no expide RFE o NOID automáticamente si la información de un empleador no está disponible en la base de datos de D&B. Como parte de la adjudicación, USCIS también revisará la información incluida en la evidencia presentada con la petición o solicitud y, si es necesario, información adicional disponible públicamente (como por ejemplo los registros correspondientes de la Oficina del Secretario de Estados). USCIS tomará una decisión final basada en la totalidad de las circunstancias.
Una empresa u organización privada basada en los EE.UU. puede contactar a D&B para solicitar Número D U N S® (D U N S® Number) utilizando iUpdate para clientes del gobierno estadounidense. Las empresas basadas en EE.UU. y que cotizan en la bolsa de valores, entidades gubernamentales y entidades extranjeras pueden contactar a D&B a través de www.dnb.com.
Para más información acerca del Número D U N S® (D U N S® Number), visite www.dnb.com.
R15. Usualmente D&B completa su proceso de verificación entre 2 y 7 días hábiles, plazo en el que la información es incluida en el informe del cliente. Generalmente D&B cumple con las solicitudes de nuevos D U N S® Numbers dentro de un plazo de 30 días. Usted puede contactar a D&B para más información.
R16. No. Si contacta a D&B a través de este este enlace, ciertos clientes de USCIS y otros clientes del gobierno estadounidense podrán crear, actualizar y ver los elementos básicos del informe de D&B sobre su empresa u organización sin estar sujetos a márquetin directo de parte de D&B.
R17. Sí. USCIS quiere asegurarse de que el público esté consciente de que puede que los representantes de D&B le sugieran que compre productos o servicios de dicha empresa si usted los contacta a través de www.dnb.com. No obstante, USCIS no endosa a D&B o sus productos o servicios, y no sugiere de ninguna manera que usted compre productos o servicios de D&B para asegurarse que su información esté completa. Además, USCIS no sugiere de ninguna manera que pague tarifa alguna para agilizar la creación de un nuevo registro o actualizar un registro existente.
Por favor, envíe sus preguntas y comentarios sobre VIBE a VIBE-Feedback@dhs.gov.