Inmigración Basada en un Empleo: Tercera Preferencia EB-3
Puede ser que usted cumpla con los requisitos para esta categoría de preferencia de visa de inmigrante si usted es un trabajador especializado, un profesional u otro tipo de trabajador.
- Los “trabajadores especializados” son aquellas personas cuyo trabajo exige un mínimo de dos años de capacitación de o experiencia laboral, no de naturaleza temporal o eventual.
- “Los profesionales” son aquellas personas cuyo trabajo exige al menos un título de licenciado (bachillerato) de los EE.UU. o su equivalente en el extranjero y sea un profesional.
- La subcategoría “otros trabajadores” es para aquellas personas que realizan un trabajo no especializado que exige menos de dos años de capacitación o experiencia, no de índole temporal o eventual.
Subcategorías | Evidencia | Certificación |
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Trabajadores especializados |
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Se requiere una certificación laboral y una oferta de trabajo permanente de jornada completa. |
Profesionales |
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Requiere una certificación laboral y una oferta de trabajo permanente de jornada a tiempo completo. |
Trabajadores no especializados (Otros trabajadores) |
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Requiere una certificación laboral y una oferta de trabajo permanente a jornada a tiempo completo. |
Certificación Laboral del Departamento del Trabajo de los Estados Unidos
Las peticiones de tercera preferencia generalmente deben estar acompañadas de una certificación laboral individual, aprobada, emitida por el Departamento del Trabajo con el Formulario ETA-9089. En algunos casos, la petición puede enviarse a USCIS con un ETA-9089 no certificado para consideración como Anejo A, Grupo I. Para más información sobre el Anejo A, Grupo 1, lea nuestra política en el Volumen 6, Parte E, Capítulo 7 del Manual de Políticas de USCIS.
Para más información, consulte el enlace Departamento del Trabajo: Certificación de fuerza laboral extranjera.
Proceso de Solicitud
Su empleador (peticionario) debe presentar un Formulario I-140, Petición de Trabajador Inmigrante Extranjero. Como parte del proceso de solicitud, su empleador debe ser capaz de demostrar una capacidad continua para pagarle el salario ofrecido a partir de la fecha de prioridad de su visa. Su empleador puede recurrir a un informe anual, a la declaración federal de impuestos o a un estado financiero auditado para demostrar la capacidad continua de poder pagarle su salario.
Para más información en tarifas de presentación, visite Tarifas de Presentación.
Familia de Titulares de Visa EB-3
Si su Formulario I-140 es aprobado, su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años podrían ser elegibles para solicitar la admisión a Estados Unidos en la categoría E34 (cónyuge de un “trabajador especializado” o “profesional”), EW4 (cónyuge de “otro tipo de trabajador”), E35 (hijo de “trabajador especializado” o de un “profesional”) o EW5 (hijo de “otro tipo de trabajador”).
Mas Información
- Trabajadores Religiosos Inmigrantes Especiales
- Certificación de Trabajador de Cuidado de Salud (en inglés)
- Título 8 del Código de Regulaciones Federales (8 CFR) (en inglés)
- Hoja Informativa Acerca de Iniciativas de USCIS para Promover Empresas Emergentes y Estimular la Creación de Empleos (en inglés)
- Comunicados de Prensa de USCIS sobre Inmigración Empresarial